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Participación Ciudadana saluda publicación auditorías por la nueva Cámara de Cuentas

En su primer mes la nueva Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) ha publicado tres auditorías realizadas al Ministerio de Hacienda (MH), el Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes (MICM) y al Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI), marcando una ruta que podría llevarla a recuperar la reputación perdida y por lo tanto a ganarse la confianza de la ciudadanía.

Aunque resulta evidente que estas auditorías no fueron llevadas a cabo por la Cámara de Cuentas actual, y que, por alguna razón, imposible de justificar, las anteriores gestiones de la Cámara de Cuentas no las publicaron. La voluntad de publicarlas sin pérdida de tiempo, implica un compromiso inicial con la transparencia en los trabajos de esa importante institución del Estado presidida por Emma Polanco Melo, e integrada por Francisco Tamárez Florentino, como vicepresidente y Francisco Franco Soto, Ramón Méndez Acosta y Griselda Gómez Santana como miembros.

Una auditoría pretende “examinar, utilizando las guías especializadas elaboradas por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, las transacciones, registros, documentos, informes y los estados de ejecución presupuestaria, con el propósito de verificar el cumplimiento de la entidad con las disposiciones legales vigentes aplicables, incluyendo las normativas contables, presupuestarias y de control interno, para así sustentar el dictamen sobre la razonabilidad y legalidad de las cifras e informaciones contenidas en los estados de ejecución presupuestaria de la entidad, por parte de los auditores asignados por la CCRD.”

La auditoría al Ministerio de Hacienda.

La auditoría practicada a las informaciones incluidas en los Estados Financieros del Ministerio de Hacienda abarcó el período del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre del 2020, y detectó una serie de irregularidades que superan la suma de RD$161,304,815. Entre esas irregularidades se encuentran expedientes con documentación incompleta, bienes no registrados, bienes no identificados ni ubicados, adendas que modifican irregularmente el objeto contractual, fraccionamiento compra bonos para Día de las Madres, inadecuada composición comité de compras, entre otras.

Durante todo el año 2019 y 2020 la Directora de Planificación y Desarrollo y miembro del Comité de Compras de la entidad, lo fue la señora Tomasina Tolentino Peralta, quien en 2021 pasó a ser miembro de la Cámara de Cuentas, lo que podría explicar por qué esta auditoría no fue publicada durante el período anterior, aunque la misma se haya inhibido del conocimiento de este caso. Corresponderá a los demás ex miembros explicar al país por qué esas auditorías no fueron publicadas bajo su gestión.

La auditoría al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).

Esta auditoría abarcó el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2019, y reflejó desviaciones contables e incumplimientos legales por un monto de RD$2,417,820,527.00.

Entre las irregularidades se detectaron  diferencia entre la nómina física y la ejecución presupuestaría por RD$44,472,214;  compensación a funcionarios y empleados por uso de vehículos y horas extraordinarias carentes de justificación por RD$18,575235; diferencias en el cálculo de impuesto sobre la renta a asalariados por RD$17,607,235; cargo de asesor sin la autorización del Ministerio de Función Pública por RD$228,700,448; cargos por servicios de inteligencia carente de soporte por RD$270,000,000.00; personal en nómina con relación de parentesco con funcionarios de la entidad por RD$4,999,667; compras realizadas sin proceso de selección por RD$16,479,762; expedientes de pago carente de certificación de apropiación presupuestaría por RD$174,994,744; pago de raciones alimenticias carente de documento soporte; arrendamiento financiero sin observar la Ley de Compras y Contrataciones por RD$1,464,750,000.00.

Investigación especial practicada al Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI).

La investigación especial realizada por la Cámara de Cuentas al INAIPI perseguía emitir una opinión sobre la razonabilidad y legalidad de las informaciones presentadas por la entidad, específicamente en los procesos de compras y contrataciones, en lo relativo a los procedimientos aplicados, costo de los productos suministrados, así como en la etapa de gerencia y pagos realizados a partir de los contratos, contrataciones de personal en los períodos 2019 y 2020, gestiones administrativas en las distribuciones y almacenamientos de productos de insumos y alimentos para los centros CAIPl y CAPI, manejo de los activos fijos adquiridos con los procesos de compras evaluados, y cuantificaciones de los recursos manejados con el fondo por excepción del “Programa Quisqueya Empieza Contigo”.  

Las irregularidades en esta institución son más dolorosas, pues la misma se encarga de prestar servicio de atención integral a la infancia menores de 5 años, con necesidades educativas de atención directa desde 45 días hasta 4 años 11 meses y sus familias, así como servicios de asistencias en casas a los familiares de esa niñez, para el fortalecimiento de las prácticas de crianza y valores humano, servicios de educación, alimentación y cuidados, en salud, registro de identidad y seguridad social. Por lo tanto, cada peso desviado o mal invertido perjudica a uno de los sectores más vulnerables del país, como lo es la niñez.

La Cámara de Cuentas detectó irregularidades que afectan procesos que involucran la suma de RD$1,969,586,632. Las irregularidades detectadas incluyen incumplimiento en la entrega de alimentos, contratos con productos diferentes al pliego de condiciones, proveedores sin estar al día en sus impuestos, discrepancias entre conduces físicos y el sistema automatizado, proveedores habilitados con documentos no subsanables.

También documentos de contratación no suministrados ni registrados en el SIGEPI, contratos vencidos sin cumplir con los objetos contractuales, contrato registrado con información incompleta, gestión de pago en departamento incorrecto, adjudicaciones con incumplimiento en ficha técnica, garantía no ejecutada en acción de daños y perjuicios por declinación de adjudicatarios, informe no remitido a los órganos rectores de control interno y externo CGRD y CCRD, productos y/o alimentos crudos pendientes de entrega, diferencia en cantidad facturada y soporte de recepción de productos, adjudicación de contrato por alimentos crudos sin evidencia de registro sanitario, contratos saldados y no concluidos, entrega de leche sin evidencia de recepción, cargos de asesor sin la autorización del Ministerio de Administración Pública, diferencia en precio contratado y el facturado, conduces con numeración repetidas en entregas diferentes.

Estas tres primeras auditorías publicadas revelan, no solo la distracción de fondos públicos sino, además, el enorme descuido con que se gestionó la cosa pública, que implica pérdidas importantes de recursos en perjuicio del Estado, es decir para la ciudadanía en general.

En estos tiempos donde, en violación a la ley, ya existen aspirantes a candidaturas para las elecciones todavía distantes del 2028, pero sobre todo que varios de esos aspirantes al mismo tiempo ocupan posiciones en la Administración Pública, se hace necesario que la Cámara de Cuentas incluya en su calendario de auditorías aquellas entidades públicas administradas por esos aspirantes, para tratar de poner un freno al uso de los recursos públicos con fines electorales.

El reto de esta Cámara de Cuentas será concluir y hacer públicas aquellas auditorías en carpetas y cumplir con su calendario de auditorías que, una vez levantadas, sean publicadas en tiempo adecuado, para que se puedan dar las justificaciones y correctivos administrativos de lugar; y en los casos que amerite responsabilidades, ya sean administrativas o civiles, o indicios de responsabilidad penal, estás auditorías puedan servir de soporte y guía para establecer las sanciones de lugar; o acciones del Ministerio Público, en los casos de indicios de responsabilidad penal. 

Es importante señalar que tanto la aplicación como las recomendaciones realizadas por la CCRD, son de cumplimiento obligatorio por parte de la entidad u organismo auditado, así como la posterior verificación de su aplicación por parte de la Contraloría, unidades de auditoría interna u otras entidades de supervisión, según se recoge en el Artículo 69 y 81 de la nueva Ley de la CCRD No. 18-24; por lo que sus actuales incumbentes deberán dar respuesta oportuna, confirmando la aplicación de estas recomendaciones, y de las acciones llevadas a cabo según el tipo de responsabilidad que se establezca en los informes.

CONSEJO NACIONAL

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PC difunde Quinto Informe del Observatorio de Corrupción Administrativa, correspondiente a marzo y mayo 2025

Participación Ciudadana continúa dando seguimiento a los grandes casos de corrupción administrativa que se encuentran en sede judicial o del Ministerio Público, con la finalidad de dejar en récord la forma en que los mismos fueron manejados por jueces, fiscales, defensa pública o privada.

En esta ocasión recogemos las incidencias ocurridas en el período marzo – mayo 2025 y a partir de este informe hemos descartado denominar los casos con los sobrenombres que utilizó originalmente el Ministerio Público, utilizando en este quinto informe y en los siguientes, el sistema tradicional de nombrar los casos bajo los nombres de los principales imputados y a los demás, designarlos bajo la denominación genérica de “y compartes”, acogiendo así la decisión del Tribunal Constitucional TC/0225/25 que prohíbe de manera general utilizar sobrenombres o motes.

La evaluación de estos 60 días de observación nos permite aseverar que los casos continúan siendo conocidos con lentitud, con incidentes que obligan a los jueces a posponer las audiencias, creando una congestión de casos que impiden una mayor celeridad.

La lentitud ha sido reconocida por el propio sistema judicial, que tomó la decisión de excluir temporalmente del sistema aleatorio de asignación de casos al primer y segundo tribunal colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional para evitar congestionar aún más estos tribunales.

Recordemos que el primer tribunal colegiado está integrado por Esmirna Gisselle Méndez, quien los preside y por Tania Yunes y  Jissel Naranjo, miembros, y conocen el caso de Adán Cáceres y compartes, además de tener bajo su responsabilidad otros 50 casos, entre ellos la quiebra de la Financiera Oriental.

Por su lado, el segundo tribunal colegiado está integrado por Claribel Nivar Arias, quien lo preside, y Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, miembros, y este tribunal conoce el caso de Alexis Medina y compartes, Jean Alain Rodríguez y compartes, además de muchos otros casos, entre ellos el de Costa Dorada, Pascual Cabrera y Money Free.

En el comunicado el Poder Judicial informó que se tomó esta decisión "a fin de avanzar en la resolución" de esos procesos y de otros de los que se encuentran apoderados” y agrega que "La decisión se toma entendiendo que los casos complejos demandan jornadas extendidas de audiencia por la multiplicidad de imputados y extensa cantidad de pruebas, lo cual limita la posibilidad de conocer otros casos durante la semana".

El octubre de 2023 Participación Ciudadana solicitó medidas como la ahora tomada, en una carta dirigida al presidente del Consejo del Poder Judicial, Henry Molina, exponiéndole lo siguiente:

“Entendemos que es obligación del Consejo del Poder Judicial organizar y crear las condiciones para que todos los casos, incluyendo sobre todo los casos complejos, estén en manos de jueces que tengan el tiempo y la carga de trabajo adecuadas, que les permitan gestionar los casos dentro de plazos razonables, terminando así con la percepción ciudadana de que quienes cuentan con extensos recursos pueden ingeniárselas para salir impunes hasta de los peores crímenes».

De todas formas, aunque se ha dilatado la medida, es positivo que el Poder Judicial comience a tomar medidas que agilicen los procesos, no solo aquellos de corrupción administrativa, sino todos los que están bajo su responsabilidad.

En lo adelante resumimos como han avanzado estos casos desde mediados de marzo hasta mediados de mayo de 2025.

  1. Caso Alexis Medina, Magaly Medina, Fernando Rosa y compartes.

Este caso lo conoce el Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional.

Luego del rechazo de la solicitud de la extinción de la acción penal por la llegada del plazo máximo de duración del proceso, ocurrida por sentencia de fecha 17 de marzo 2025, desde esa fecha hasta el 15 de mayo de 2025 el tribunal ha conocido 11 audiencias.

En las audiencias del 24, 26 y 31 de marzo el ministerio público presentó su discurso de cierre y sus conclusiones.

En la audiencia de fecha 7 de abril, la querellante, Empresa Distribuidora de Electricidad, inició y finalizó la presentación de su caso y sus conclusiones.

En la audiencia de fecha 9 de abril, el Estado Dominicano presentó su caso y sus conclusiones al fondo.

La audiencia del 11 de abril hubo de ser recesada porque algunos abogados defensores tenían compromisos de audiencias de otros casos en diferentes tribunales.

La audiencia de fecha 21 de abril fue igualmente recesada, esta vez por la ausencia del defensor público del imputado Carlos Alarcón Veras.

En las audiencias de fechas 30 de abril y 7 de mayo, el imputado Fernando Rosa presentó sus alegatos de clausura y sus conclusiones al fondo, además de hacer uso de su derecho a declarar.

En la audiencia de fecha 7 de mayo R&T Construcciones e Inversiones, SRL presentó sus argumentos de defensa y concluyó al fondo.

En esta misma audiencia del 7 de mayo la imputada Magaly Medina inició sus argumentos de defensa y los terminó en la audiencia del 12 de mayo, en la que presentó sus conclusiones y además ejerció su defensa material dando declaraciones al tribunal.

El tribunal que conoce este caso ha sido consistente en mantener un ritmo adecuado de audiencias para el conocimiento del caso.

  • Caso Adán Cáceres y compartes.

En el lapso observado se celebraron 10 audiencias por parte del Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional, que conoce este caso, bajo la presidencia de Gisselle Méndez.

En la audiencia del 11 de marzo se continuó con la fase probatoria, y en esta audiencia el Ministerio Público presentó a los testigos Susana Adolfo, Nicole González, Ámbar Valverde, Manolo Jiménez, Wellington Fernández, Juan Francisco Caraballo, Marina Reyes, Genaro Reyes, Viviana Nuñez y al perito Germán Reyes. También se incorporó a través de los testigos una cantidad de pruebas.

La audiencia del 18 de marzo se suspendió por inasistencia del imputado Yehudy Guzmán, que alegó razones de salud.

En la audiencia del 27 de marzo se continuó con la presentación de testigos, en este caso Aurelio Valdez y Roberto, y se incorporaron las pruebas del 1627 hasta 2005 y 2038 a 2043, así como la prueba 566 y el peritaje No. 12 y sus anexos.

En la audiencia del 3 de abril se decidió aplazarla debido a la licencia médica presentada por la imputada Jehudy Guzmán y también se aplazó la siguiente audiencia celebrada el 8 de abril, debido a licencia médica del imputado Tanner Antonio Flete.

En la audiencia celebrada el 10 de abril se continuó con la presentación de testigos a cargo del Ministerio Público y se presentaron César Ramos, Luis Coronado, José Pascual Cabrera, Rolando Bueno Jiménez, Sterling Peralta, Cristian Elías Serrano y Jairo Hernández.

En la audiencia del 15 de abril se continuó con la presentación de testigos por parte del Ministerio Público y se escuchó a Rafael Sosa, Lidia Díaz, Carlos Gómez y el perito Yerida Valdez López.

En la audiencia del 22 de abril se siguió escuchando testigos a cargo del Ministerio Público y se presentaron ante el tribunal los señores Roselmy Castro, Silverina Severino Rosario, Alexandra Echavarría, Wilfredo Rodríguez. El Ministerio Público desistió de presentar a la testigo Mayra Goris.

La audiencia del 29 de abril se inició con la testigo Carmen Miguelina y luego con Dionis Núñez. Se incorporó la prueba pericial 8 y también la 79.

En la audiencia del 8 de abril se continuó en la fase probatoria a cargo del Ministerio Público que presentó al testigo Dionis Núñez.

Como se desprende de la lectura del desarrollo de este caso, el Ministerio Público ha realizado un intenso trabajo en la presentación de sus pruebas y las audiencias se llevan a cabo con una frecuencia razonable.

  • Caso Jean Alain Rodríguez y compartes.

De este caso estuvo apoderado el Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional, que fue recusado y no pudo iniciar el conocimiento del juicio de fondo. La recusación fue acogida y se apoderó al Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional.

En lo que esto ocurría, el 1 de mayo se varió la medida de coerción que tenía el señor Rodríguez a libertad pura y simple.

El Segundo Tribunal intentó iniciar el conocimiento del fondo del caso en una audiencia fijada para el 1 de mayo, pero debió aplazarse porque no había sido citado el imputado Alfredo Solano.

Durante el lapso del observatorio que da lugar a este informe, no fue posible comenzar a conocer el juicio de fondo y, por el contrario, se fijó la audiencia de inicio para el 23 de junio del 2025.

En el período observado se conocieron varias medidas de devolución de vehículos y otros objetos, variación de medias de coerción, desglose de imputados y hasta una condena por litigación temeraria.

  • Caso Donald Guerrero, José Ramón Peralta, Gonzalo Castillo y compartes.

Luego de presentada la acusación en abril de 2024, se ha dilatado sin justificación el inicio de la audiencia preliminar de este caso. La juez a cargo es la magistrada Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

En las audiencias del 24 y 28 de marzo se pretendió dar inicio, pero tuvieron que suspenderse en este última por razones médicas de los imputados Ana Linda, Mabel Justiniano y Denis Enrique, quienes presentaron certificados médicos.

El 11 de abril se aplazó por el desglose de imputados.

La audiencia del 25 de abril se aplazó debido a que la defensa de Gonzalo Castillo recusó a la jueza.

Finalmente, en la audiencia del 2 de mayo se inició la lectura de la acusación, con una dilación de casi un año.

  • Caso Jochi Gómez, Hugo Beras y compartes.

Sobre este caso el Ministerio Público aún no presenta acto conclusivo, sea acusando a los investigados, sea archivando el caso.

En el tiempo bajo observación se han levantado todas las medidas de coerción, e incluso el Ministerio Público recusó a la jueza control, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Patricia Padilla, debido a que levantó incluso el impedimento de salida del país que tenía el investigado Jochi Gómez.

Este levantamiento permite al imputado tener acceso en Estados Unidos a la compañía cuyo nombre utilizó en República Dominicana para agenciarse un contrato público, pero que luego fue desautorizado por dicha compañía.

Se está a la espera de que el Ministerio Público presente su acto conclusivo.

Descarga este informe como PDF aquí

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Jorge Subero Isa, Guadalupe Valdez y Edith Febles dialogan en Panel “Transparencia en el CNM” organizado por ROI y UNAPEC

La Red de Observadores para la Institucionalidad (ROI) y la Escuela de Derecho Universidad APEC (UNAPEC) organizaron un panel sobre “Transparencia en el Consejo Nacional de la Magistratura: Retos en los procesos de convocatoria, evaluación y selección de integrantes de las Altas Cortes”, celebrado este martes 20 de mayo de 2025 en el Salón de la Cultura José María Bonetti de la Universidad APEC.

El panel contó con la destacada participación de tres figuras clave del ámbito jurídico, académico, periodístico, político y social: Jorge Subero Isa, Guadalupe Valdez y Edith Febles, en un diálogo en el que se identificaron desafíos pendientes y propuestas viables para mejorar los estándares de transparencia y rendición de cuentas en los procesos que lleva a cabo el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

El encuentro inició con las palabras de bienvenida de la doctora Rosa L. Fernández Javier, directora de la Escuela de Derecho de UNAPEC, quien resaltó la importancia de que la academia se vincule a debates que impactan la institucionalidad y el fortalecimiento del Estado de Derecho en el país; y contó con la moderación de Maria Fernanda López, Coordinadora de Proyectos de la Fundación Friedrich Ebert Stiftung (FES) y representante de ROI, quien destacó la labor de veeduría que hace esta Red desde el año 2023.

Siendo la primera vez que participa en un panel académico, Jorge Subero Isa, presidente emérito de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y figura clave en la reforma judicial dominicana, recordó que el CNM es un órgano político y que la designación de jueces y juezas de la SCJ en el año 1997 fue producto de una convergencia de las fuerzas políticas, resaltando el éxito de esa coyuntura que “se va a repetir única y exclusivamente cuando las fuerzas políticas de la Nación lo decidan” y cuando haya una recomposición del CNM y de las fuerzas políticas que lo integran. Destacó el papel de Milagros Ortiz Bosch en el CNM en ese mismo año, “la valentía con que desafió al poder, atento a lo que ella representaba en la sociedad dominicana”, dijo. Señaló la necesidad de una masa crítica y de observatorios de los sistemas de justicia, así como mayor presencia de la academia en ese ejercicio. La justicia, expresó, debe ser “abierta a toda la ciudadanía”. Reiteró que “el peor daño que se le hizo a la administración de justicia en RD es la evaluación de jueces de la SCJ desde 2010, porque ahí comenzó el tráfico de influencia, los contactos y ventas de posiciones y compromisos políticos”, así como haber eliminado la inamovilidad de jueces y no respetar el escalafón de la carrera judicial.

Guadalupe Valdez, activista social, quien también fungió como diputada nacional (2010-2016), recordó la necesidad de generar confianza en nuestras instituciones cumpliendo con el rol para el que fueron creadas, siendo “transparentes, con rendición de cuentas y con un ejercicio ético” explicando que, de lo contrario, “la ciudadanía no puede jugar el rol que le corresponde, de ser una activa, responsable, comprometida con los procesos de participación”. Desde su experiencia representando a Foro Ciudadano en ROI, identificó algunos retos que constituyen debilidades estructurales que deben superarse con urgencia para garantizar los principios de igualdad y no discriminación, como son: la ausencia de criterios objetivos y uniformes de evaluación, prácticas de discriminación por edad, sesgo de género durante las entrevistas y cuestionamientos ideológicos orientados a descartar postulantes. Subrayó que es indispensable integrar formalmente a observadores acreditados de organizaciones de sociedad civil, universidades y colegios profesionales, habilitar un mecanismo de diálogo permanente con la sociedad civil y la implementación de un canal digital de denuncias y sugerencias.

Edith Febles, periodista de investigación y directora del matutino televisivo “El Día”, destacó la importancia de la creación del CNM y abordó el rol del periodismo en el monitoreo del proceso de selección, cuestionando prácticas de lobbismo en medios de comunicación y el padrinazgo político para acceder a estos puestos. Recordó que, previo a la selección de integrantes de las altas cortes, suelen circular listas de nombres que resultan coincidir con las designaciones, lo que genera dudas y cuestionamientos sobre la idoneidad de los perfiles y sobre la transparencia del proceso. Además, señaló que unos de los mayores retos que enfrenta el CNM es, precisamente, romper con estas prácticas y garantizar “el acceso de la gente que dice: vamos a formarnos, vamos a creer en la democracia y vamos a participar”.

Los panelistas coincidieron en la necesidad de fortalecer los mecanismos de veeduría ciudadana en torno a las convocatorias del Consejo Nacional de la Magistratura a los fines de restaurar la confianza pública de dicho órgano.

Asistieron al evento estudiantes de la Escuela de Derecho de UNAPEC, así como destacados actores sociales como el Dr. Pedro Pablo Yermenos, juez titular del Tribunal Superior Electoral; Leidy Blanco, Coordinadora de Participación Ciudadana; la magistrada Ysis Muñiz, jueza de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; Fátima Lorenzo, economista y especialista en Género y Justicia; y juristas, como Francisco Álvarez Valdez (Pancho), Patricia Santana Nina y Erick Hernández Machado, entre otras personas.

Se recuerda que ROI es una red que reúne instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil, como son el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), Participación Ciudadana (PC), la Fundación Friedrich Ebert (FES), Foro Ciudadano y el Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF), dada a conocer en octubre de 2023.

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Posición de Participación Ciudadana sobre el proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales

Participación Ciudadana valora positivamente el esfuerzo realizado por la comisión encargada de redactar un proyecto de ley que pretende actualizar el marco regulatorio de los medios audiovisuales en el contexto de la libertad de expresión.

Se trata de un proyecto que, de aprobarse, vendría a llenar un vacío, pues la actual Ley No.  6132, de expresión y difusión del pensamiento, fue promulgada en 1962, cuando no existía el desarrollo tecnológico actual, que obliga a una actualización de la norma.

El proyecto tiene aspectos muy positivos y, como toda obra humana, algunos que requieren corrección y/o reflexión, a continuación, planteamos ambas dimensiones:

  1. Aspectos positivos:
  2. El proyecto reconoce el acceso a internet como un derecho fundamental y obliga al Estado a crear las condiciones para facilitar el acceso.
  3. Establece la prohibición de la censura indirecta que se produce cuando se utilizan los recursos del Estado distribuyéndolos en forma de prebenda o asignando la publicidad de forma arbitraria y discriminatoria, u otorgando frecuencias de radio y televisión para premiar o castigar de acuerdo con las líneas informativas de los medios o comunicadores, con lo que queda clara la intención de poner fin a prácticas incorrectas y hasta corruptas que han predominado en esta materia.
  4. Distingue entre periodistas y comunicadores sociales. Y señala que todas las personas tienen derecho a la comunicación social individual o colectiva sin necesidad de autorización alguna, excepto la que caen bajo el régimen de las telecomunicaciones y los medios audiovisuales que utilizan recursos escasos.
  5. Establece el principio de tolerancia a la crítica de parte de funcionarios, políticos, candidatos o aquellas personas que mantengan una presencia notable, activa e influyente en los medios y en las redes sociales, quienes están sujetos a un mayor escrutinio social.
  6. Establece el principio de neutralidad de la red, que obliga a su administrador a dar el mismo tratamiento a todos sin distinción de contenido, origen o destino.
  7. Cada medio de comunicación deberá tener un director, que será el responsable del contenido.
  8. Se incluye la cláusula de conciencia para proteger el ejercicio del periodista y garantizar su independencia, pues si un trabajo suyo ha sido modificado, tiene derecho a solicitar que se retire su nombre, voz o imagen de este, sin consecuencias laborales. También se confirma el secreto profesional para proteger sus fuentes.
  9. Nadie se podría escudar en un seudónimo para hacer daño, pues el perjudicado podrá solicitar su identidad. Si el medio se niega, podrá ser llevado a los tribunales.
  10. Se regulan las plataformas de contenidos de internet. Las reglas serán aplicables a las redes sociales y buscadores que tengan más del 10% del total de personas con acceso a internet en el país.
  11. Se fija una serie de obligaciones de transparencia activa a las plataformas digitales, incluyendo:
  12. Los términos del servicio redactados en idioma español.
  13. También reglas de modificación de contenido y la obligación de notificar al usuario cualquier variación.
  14. Reglas para la suspensión o cierre de la cuenta o perfil, así como la eliminación, desindexación que implique modificación de lo publicado por el usuario, con posibilidad de apelación del usuario, el procedimiento y plazos. La decisión de la plataforma debe ser clara en las razones que motivó su decisión y dar detalles que permitan determinar si se ha afectado la libertad de expresión.
  15. Transparencia de sus algoritmos y su código fuente, permitiendo su auditoría.
  16. Publicidad electoral con todos sus datos y los de sus responsables, visible.
  17. Las plataformas digitales deberán identificar responsables legales permanentes con domicilio en RD, a fin de garantizar donde depositar cualquier reclamación.
  18. Reglas para los medios audiovisuales (radio y TV abierta)
  19. Acceso gratuito a la radio y televisión abierta y compromiso del Estado a fortalecerlas por su importancia para la democracia.
  20. Desarrollo de la industria dominicana de contenidos audiovisuales.
  21. Separación de la información respecto de la opinión e identificación de la posición editorial.
  22. Conocer la identidad de las personas propietarios de estos medios, y si es una compañía, la de sus socios y la identificación del grupo económico al que pertenecen. Cuando sea una compañía, sus acciones deberán ser nominativas.
  23. Conocer de forma anticipada la programación de estos medios, respetando los horarios fijados.
  24. Reglas para la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes y personas con discapacidad.
  25. Creación de un órgano regulador que se llamará Instituto Nacional de Comunicaciones (INACOM), y que sustituirá al Consejo Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, con las siguientes ventajas sobre el modelo anterior,
  26. Sigue el modelo del INDOTEL, como órgano descentralizado, con autonomía funcional, financiera y administrativa, patrimonio propio y personalidad jurídica.
  • En vez de un órgano unipersonal, como actualmente, será un órgano colegiado, denominado Consejo Directivo, integrado por cinco miembros designados por el Senado de ternas propuestas por el Poder Ejecutivo.
  • El presidente del Consejo Directivo será elegido por sus pares.
  • Habrá una dirección ejecutiva designada por decreto del Poder Ejecutivo, de una terna que le presente el Consejo Directivo.
  • El Consejo Directivo tendrá funciones normativas, debiendo remitir el reglamento de aplicación de la ley al Poder Ejecutivo para su aprobación, así como dictar resoluciones de alcance general y normas de alcance particular, debiendo consultar a las empresas prestadoras de los servicios regulados y a los interesados cuando se trate de normas de carácter general y celebrar audiencias públicas o publicar el proyecto de norma antes de su aprobación.
  1. Se dispone un régimen sancionador administrativo, que iniciará con las investigaciones de la Dirección Ejecutiva y el sometimiento del infractor al Consejo Directivo, quien podrá imponer sanciones de revocación o suspensión del servicio, así como multas. Deberá agotarse el debido proceso sancionador administrativo y se confirma el derecho a recurrir las decisiones. No existen sanciones penales en el proyecto, pero si una disposición que señala la aplicación de la legislación común, por lo que serían aplicables las sanciones penales establecidas en la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, que sanciona la difamación e injuria cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo.
  1. Se crea un Consejo Asesor de Servicios de Comunicación, con representación de los órganos públicos relacionados, así como representantes de la sociedad civil organizada. Dentro de estos últimos está el Colegio de Periodistas, la Sociedad Dominicana de Diarios, ADORA, el Círculo de Locutores, un representante de las universidades, un representante de la Corporación Estatal de Radio y Televisión, representantes de los concesionarios de frecuencias radiofónicas, de las frecuencias televisivas, de los trabajadores de los servicios regulados. Un reglamento deberá disponer la forma en que se escogerán estos miembros.
  • Aspectos que requieren revisión o mayor reflexión
  1. El artículo 9 trata sobre archivos informativos y dice que los medios tienen derecho a preservar las informaciones “veraces”, lo que implica el riesgo de que se le pida que borre informaciones que una parte entiende que no son veraces.

2. El artículo 13 exige que el director de un medio de comunicación esté “domiciliado real y permanentemente en la República Dominicana”, desconociendo una realidad del trabajo por internet. Bastaría que el medio tenga domicilio en el país.

3. En el artículo 20, ordinal 4, se señala que se deberá permitir la auditoría del algoritmo y los códigos fuentes, pero no establece los procedimientos para que esta obligación pueda hacerse realidad.

4. El artículo 23 establece la posibilidad de la “desindexación”, es decir, de requerir el borrado de información cuando el solicitante pruebe un daño cierto y sustantivo a su vida privada o que afecte su dignidad y solo a través de orden judicial. En el párrafo 1 dice que no procederá la desindexación cuando se trate de funcionarios públicos, candidatos, personas de relevancia pública. No menciona como excepción los procesos judiciales, y de manera particular los relativos a corrupción pública.

5. En el artículo 36, ordinal 10, se establece entre las funciones del INACOM la de “velar por la defensa del buen uso de la lengua nacional”, siendo el concepto de “buen uso” variable, por lo que pueda dar lugar a censuras injustificables, como ya ha ocurrido en el pasado.

6. En el mismo artículo 36, pero en el párrafo 1, se señala que será competencia de la JCE y no del INACOM, la regulación y tutela de los temas electorales durante la precampaña y la campaña, pero nada dice de lo que ocurra fuera de esos períodos, que deben ser también competencia de la JCE.

7. En el artículo 38 se dispone que los miembros del Consejo Directivo del INACOM serán inamovibles por dos años. Este período es muy corto y atenta contra la independencia que deben tener, pues tratarán de no molestar a quienes los eligen para tratar de ser ratificados por un nuevo período. El período debe ser de cuatro años.

8. En el artículo 53, párrafo III se establece que el INACOM regulará los espectáculos públicos (que incluye cine, teatro y cualquier actividad multitudinaria) para “evitar que en dichos espectáculos se difundan mensajes que ofendan al honor, la intimidad, la dignidad y la moral de las personas… y alteren el orden público.”   Varios de estos conceptos son muy generales y pueden dar lugar a censura por lo que se propone que el órgano apodere un tribunal judicial que imponga la sanción.

9. En el artículo 59, párrafo I se dispone que en ocasión de un proceso judicial el juez puede ordenar que se supriman del proceso los datos que resulten difamatorios o injuriosos. Se debe tener cuidado con este punto pues no hay forma de llevar un caso de robo en los tribunales sin acusar al imputado, aún no condenado, de haber distraído activos que no le pertenecen, lo que podría considerarse injurioso en una fase temprana del proceso.

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Participación Ciudadana se pronuncia sobre la sentencia TC/0225/25

El Tribunal Constitucional ha dictado la sentencia No. TC/0225/25 acogiendo un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Jean Alain Rodríguez Sánchez. Dicha sentencia prohíbe al Ministerio Público el uso del sobrenombre caso Medusa en el proceso penal que cursa en los tribunales. Por el efecto vinculante de las sentencias del TC, la misma debe ser acatada y aplicada, no solo al señor Jean Alian Rodríguez, sino a toda persona sometida a un proceso penal.

Esta prohibición no es absoluta, pues el TC ha dicho en la sentencia comentada: “Los sobrenombres o motes han de ser empleados única y exclusivamente como estrategias secretas de investigación y organización de los equipos de trabajo, para evitar las filtraciones de información, no así de cara o de conocimiento del público una vez es instrumentado el proceso.”

También ha dicho el TC: “De tal forma que, en todo estado del proceso, la persona ha de ser identificada bajo su propio nombre, el cual es su distintivo por excelencia, salvo las excepciones derivadas de procesos que requieran codificar o numerar a la persona por razones de seguridad y confidencialidad, evitando su divulgación al público”.

En lo adelante, Participación Ciudadana, en el seguimiento a los expedientes de corrupción administrativa, incluyendo el que afecta al señor Jean Alain Rodríguez, usará los nombres de los imputados más relevantes, seguido de la mención “y compartes”, para incluir a los no mencionados expresamente, tal como se ha usado tradicionalmente en la República Dominicana, cuando la cantidad de partes obliga a abreviar por economía procesal.

A continuación, presentamos las denominaciones que utilizaremos en los casos que observamos:

  1. El caso originalmente denominado Anti Pulpo, en lo adelante se denominará Caso Juan Alexis Medina Sánchez, Carmen Magaly Medina, Fernando Rosa y compartes.

Bajo la denominación “y compartes” están incluidos: Aquiles Christopher, Antonio Florentino Méndez, Rigoberto Alcántara Batista, José Alarcón Fulvio Antonio Cabrera, José Idelfonso Correa, Libni Arodi Valenzuela Matos, Francisco Ramón Brea Morel (a) Johnny, Víctor Encarnación Montero, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, Cristian Manuel Ramírez, Carlos Martín Montes de Oca, Paola Mercedes Molina Suazo, José Dolores Santa y Wacal Bernabé Méndez. Originalmente incluía a los señores Francisco Pagán y Julián Esteban Suriel, quienes ya fueron condenados utilizando el procedimiento penal abreviado, a Domingo Antonio Santiago Muñoz, a quien se le validó un criterio de oportunidad aplicado por el Ministerio Público, y Lewyn Ariel Castillo Robles, a quien se le aplicó la suspensión condicional del proceso.

  • El caso originalmente denominado Coral y Coral 5G, en lo adelante se denominará Caso Mayor General Adán Cáceres Silvestre, pastora Rossy Guzmán, coronel Rafael Núñez de Aza y compartes.

Bajo la denominación “y compartes” se incluyen: sargento de la Armada Alejandro José Montero Cruz, mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez,  general Juan Carlos Torres Robiou, exjefe del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), Julio Camilo de los Santos Viola,  Boanerges Reyes Batista, del Ejército de República Dominicana, capitán de navío Franklin Antonio Mata Flores, José Manuel Rosario Pirón, los coroneles Carlos Augusto Lantigua Cruz, Miguel Ventura Pichardo, el cabo Jehohanan Rodríguez Jiménez y Erasmo Roger Pérez Núñez.

  • El Caso originalmente denominado Medusa, en lo adelante se denominará Caso Jean Alain Rodríguez, Javier Alejandro Forteza, José Miguel Estrada Jackson y compartes.

Bajo la denominación “y compartes” se incluyen: Jhonatan Joel Rodríguez Imbert, Alfredo Alexander Solano Augusto, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya, Braulio Michael Batista Barias, Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Jhonatan Loander Medina Reyes, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.

  • El Caso originalmente denominado Calamar, en lo adelante se denominará caso Donald Guerrero, Gonzalo Castillo, José Ramón Peralta y compartes.

Bajo la denominación “y compartes” se incluyen: Daniel De Jesús Caamaño, Marcial Reyes, Ramón David Hernández, Yahaira Brito, Luis Miguel Piccirilo, Claudio Silver, Ángel Lockward, Aldo Gerbasí, Alejandro Constanzo, Ana Linda Fernández de Paola, Emir Fernández de Paula, Julián Omar Fernández, Oscar Arturo Chalas, Rafael Parmenio Rodríguez y Agustín Mejía Ávila, Rafael Calderón Martínez, Manuel Miqui, Rosa Arias, Marino Enrique Cabrera, Cesar Miguel Santana, Mabel Mejía Cintrón, Hathaly Hernández, Natividad Martínez, Kimberly Zayas, Manuel Morilla Soto, Manuel Morilla Gil, Princesa Alexandra García Medina, Roberto Moquete, y Daniel Guerrero. 

  •  El Caso originalmente denominado Camaleón, en lo adelante se denominará caso, José Gómez, Hugo Beras y compartes.

Bajo la denominación “y compartes” se incluyen: Frank Díaz, Samuel Baquero, Juan Francisco Álvarez, Pedro Vinicio Padovani y Carlos José Peguero.

Reiteramos la importancia de mantener el impulso en la lucha contra la corrupción, promoviendo la transparencia en todos los ámbitos y garantizando que las investigaciones y procesos judiciales culminen en sentencias firmes.

13 de mayo del 2025

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Posición de Participación Ciudadana sobre el proyecto de ley que crearía las asociaciones cívicas para la postulación de candidaturas independientes

Tal como había planteado Participación Ciudadana a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional, el Congreso Nacional, a partir de un proyecto elaborado por la Junta Central Electoral, está llamado a hacer viables las candidaturas independientes.

El proyecto entregado por la JCE parte de disposiciones contenidas en la Constitución que garantizan el derecho a ser elegible y de la sentencia del TC No. TC/788/2024 del 13 de diciembre de 2024. Establece las disposiciones que le darán viabilidad a lo dispuesto por el TC, al tiempo que se resguarda el sistema electoral y a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que la Constitución establece como medios para la postulación a puestos electivos.

Participación Ciudadana entiende, sin embargo, que el proyecto de ley presenta aspectos que es necesario discutir cuidadosamente y corregir, para que esta normativa sea viable y acorde con la Constitución de la República y con la sentencia del TC, cuyo cumplimiento es obligatorio.

El proyecto entregado por la JCE establece que las asociaciones cívicas que sean creadas para presentar candidaturas independientes tendrán que cumplir con requisitos para ser reconocidas, como los establecidos por la Ley No. 122-05, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro; serán independientes de los partidos políticos; tendrán como único objeto apoyar la candidatura que postule en el proceso electoral del año correspondiente, por tanto, perderán su objeto electoral de pleno derecho inmediatamente tomen posesión las autoridades electas. Estas asociaciones cívicas (AC) no podrán presentar candidatos en otros procesos electorales diferente al que motivó su registro, aun cuando continúe con personalidad jurídica.

Los artículos 1 y 2 del proyecto establecen la DEFINICIÓN de una AC, su OBJETO SOCIAL y DURACIÓN. Queda claro que su definición, objeto social y duración están exclusivamente referidos a la participación en un único proceso electoral, por tanto, no tiene sentido que el proyecto diga que podrán mantener una personalidad jurídica más allá del proceso electoral.

Un primer punto a discutir es si la inscripción de estas asociaciones debe regirse por la Ley No. 122-05, la cual es muy exigente y conlleva un tiempo relativamente largo de registro, que le resta la espontaneidad y factibilidad de esta opción, dada la corta duración que el mismo proyecto de ley les otorga.

Participación Ciudadana entiende que, siendo este nuevo tipo de organización de objeto exclusivamente electoral y transitorio, deben ser registradas y supervisadas por la JCE. El objeto y muchas otras características de las ISFL no coinciden con los de las AC. Además, el proyecto establece que el patrimonio de la AC se regirá por las leyes núm.  33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos políticos y la núm. 33-18 de Régimen Orgánico Electoral, mientras que no recibirán recursos públicos.

Un aspecto que parece ser incongruente es que el Art. 1 del Proyecto, en su letra (a) define las ASOCIACIONES CIVICAS como sigue: Son asociaciones de ciudadanos y ciudadanas, legalmente constituidas y que fungen como vía para postular las candidaturas independientes. Están diseñadas para fines electorales, su creación y permanencia estarán limitadas al proceso electoral correspondiente, conforme a las disposiciones de esta ley.

La Ley No. 20-23 sobre el Régimen Electoral contempla tres personas morales que pueden presentar candidaturas: Los partidos políticos a nivel nacional, las agrupaciones políticas a nivel provincial y los movimientos políticos en los municipios y los distritos municipales. El Proyecto de Ley para candidaturas independientes, de ser aprobado, crearía una cuarta persona moral, la asociación cívica, la cual podrá presentar candidaturas independientes. Sin embargo, a pesar de que se trata de un nuevo tipo de organización, por otro lado, trata a sus candidaturas como personales o individuales.

Otro aspecto que cuestionamos es que el proyecto contempla para la AC el 2% del Padrón Electoral de las últimas elecciones ordinarias generales, mientras a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos se les exige el 2% de los votos válidos de las últimas elecciones generales. Eso pudiera representar para las AC, hasta el doble de las firmas con relacion a las demás organizaciones. Por otro lado, los partidos, agrupaciones y movimientos políticos no tienen plazo para recolectar las firmas, mientras a las AC se les daría un plazo de 30 días. Estas diferenciaciones podrían ser recurridas como discriminatorias.

El art. 25 del proyecto presenta serios problemas, es inconcebible que un grupo de ciudadanos complete todo un proceso de inscripción, bastante complejo y largo, también un proceso de obtención de firmas del 2% del padrón y que luego resulte que su participación va a depender de un sorteo, porque no se permiten más de tres candidaturas independientes.

Aquí no se trata de un desempate en una votación, se trata de ciudadanos/as que han completado un proceso, amparados en una ley y que luego tengan que depender de la suerte para participar.

El artículo 26 del proyecto contempla que la AC solo puede presentar una única candidatura por cada nivel de elección en los cargos de diputación, regidurías y vocalías. Sin embargo, la presentación de candidaturas a los puestos de elección popular no es personal, es institucional, por eso se estaría creando la figura de asociación de ciudadanos. El espíritu de la sentencia del TC parece ser de que ciudadanos individuales puedan presentar candidaturas, sin embargo, la creación de una asociación implica una personería jurídica colectiva, por tanto, la candidatura independiente ni es personal ni es individual. A esto se suma la indefinición de qué sucedería si uno de estos candidatos, una vez elegidos, por alguna razón, abandonara la posición ¿quién lo sustituiría?

Conforme al principio de igualdad contenido en el Artículo 39 de la Constitución, no puede haber diferenciación entre iguales y mucho menos discriminación. Una vez creada la AC tendría derecho, no solo a participar en los procesos electorales y presentar candidaturas, sino a hacerlo en igualdad de condiciones, con los efectos, beneficios, deberes y obligaciones que tienen las demás personas morales que presenten candidaturas.

Establecer que la AC solo pueda presentar una candidatura, en los niveles de elección plurinominales y que, sin importar la cantidad de votos que saque solo obtendrá una posición, es irrazonable y discriminatorio, en consecuencia, contrario al artículo 74 de la Constitución, que establece que la regulación del ejercicio de los derechos fundamentales tiene que respetar el principio de razonabilidad y mantener la esencia del derecho a regular y al artículo 39 que refiere la identidad de trato entre iguales.

Es inconcebible que el Párrafo I del artículo 26 contemple la posibilidad de que la candidatura independiente reciba votos que les permitan acceder a más de un escaño dentro de ese nivel de elección y que se le adjudique solo un escaño. Ese artículo y sus párrafos no resiste la prueba de razonabilidad que ha establecido el Tribunal Constitucional para que un texto legal que regula el ejercicio de los derechos fundamentales esté acorde con la constitución. Ni los considerando del proyecto, ni el texto del artículo 26 explican razonablemente el trato diferenciado que dan a la AC en este aspecto.

Participación Ciudadana entiende que el Congreso Nacional debe estudiar cuidadosamente este proyecto, asesorarse de expertos constitucionales y escuchar las observaciones. El sistema electoral dominicano ha avanzado considerablemente en muchos aspectos, aunque definitivamente debe seguir mejorando.

Este año es propicio para que se produzca un acuerdo nacional que consolide el progreso en esta materia. Aspiramos a que nuestras observaciones sean tomadas en cuenta, tanto en el proyecto para viabilizar las candidaturas independientes como en los aspectos pendientes de las leyes de Partidos, Agrupaciones y Movimientos políticos y la de Régimen Orgánico Electoral.

CONSEJO NACIONAL

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Leidy Blanco García: nueva coordinadora General de Participación Ciudadana

El Consejo Nacional del movimiento cívico Participación Ciudadana, capítulo dominicano de Transparencia Internacional, eligió este jueves a la abogada Leidy Blanco García como Coordinadora General de la organización para el período 2025–2026.

Leidy Blanco García es doctora en Sociedad, Democracia, Estado y Derecho. Actualmente se desempeña como Coordinadora de Vinculación con Organismos Internacionales en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). A lo largo de su trayectoria, ha participado activamente en iniciativas de justicia social y equidad de género, siendo voluntaria en asentamientos populares con Techo República Dominicana y colaboradora en acciones de ONU Mujeres en el país. También ha sido columnista voluntaria del periódico digital Acento.

Dentro de Participación Ciudadana, Leidy ha ocupado diversas funciones desde su ingreso en el año 2013. Es miembro del Consejo Nacional , la Comisión de Justicia y Coordinadora General 2021-2022 , desde donde ha impulsado temas clave para el fortalecimiento institucional y el Estado de derecho.

“Recibo esta designación con profundo agradecimiento y un alto sentido de responsabilidad. Asumir la Coordinación General de Participación Ciudadana representa para mí un compromiso firme con la defensa de la democracia, la transparencia, la justicia social y el fortalecimiento institucional de nuestro país. Desde esta función, me propongo trabajar con apertura, entrega y vocación de servicio, para seguir construyendo una ciudadanía activa, crítica y comprometida con el bien común”,

Nuevo Consejo Nacional

El pasado domingo 30 de marzo, durante su 31ª Asamblea General Ordinaria, Participación Ciudadana llevó a cabo la renovación parcial de su Consejo Nacional, órgano máximo de dirección que ostenta la representación formal de la entidad.

Como parte del proceso, la Asamblea eligió al abogado y dirigente cívico Francisco Álvarez Valdez (Pancho) como nuevo integrante del Consejo, sumándose al equipo que liderará los próximos desafíos institucionales del movimiento cívico junto a Betty del Villar, Erick Hernández, Jacinta Valdez, Josefina Arvelo, Joseph Abreu, Leidy Blanco, Ramón Stalin Montero y Wilfredo De León.

Consejo Nacional
Participación Ciudadana

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Participación Ciudadana socializa Guía Metodológica para el Observatorio de Compras y Contrataciones Públicas

En un esfuerzo por fortalecer la transparencia y el monitoreo ciudadano de los procesos de Compras y Contrataciones Públicas en la República Dominicana, Participación Ciudadana celebró este lunes 31 de marzo un almuerzo-encuentro para socializar la Guía Metodológica del Observatorio de Compras y Contrataciones Públicas (OCC).

El evento, realizado en el salón de actos de la institución, reunió a representantes de organizaciones de la sociedad civil, aliados estratégicos y especialistas en el tema. Esta guía metodológica ha sido desarrollada como parte de uno de los programas impulsados junto a Transparencia Internacional, en respuesta a la creciente demanda social de mayor rendición de cuentas y al compromiso sostenido con la lucha contra la corrupción.

Durante la actividad, se presentó el contenido de la guía y se discutieron sus principales aportes para el fortalecimiento del Observatorio, una plataforma ciudadana que busca incidir en la mejora de las prácticas de compras públicas a través del análisis, la denuncia y la participación informada.

El encuentro contó con la intervención del consultor Marino Tejeda, quien colaboró en el proceso de elaboración de la herramienta y compartió detalles sobre su aplicación práctica y utilidad en el contexto nacional.

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Participación Ciudadana celebra su 31ª Asamblea General Ordinaria y reafirma su compromiso con el fortalecimiento democrático y la institucionalidad

Participación Ciudadana celebró este domingo 30 de marzo su trigésima primera (31ª) Asamblea General Ordinaria, en la que hizo un llamado a fortalecer la cultura democrática, la participación cívica responsable y el cumplimiento de las leyes como pilares fundamentales para una mejor República Dominicana.

En su proclama anual, la organización destacó el valor de la convivencia pacífica, el diálogo constructivo y el respeto a las reglas como elementos esenciales de toda sociedad que aspire a vivir con dignidad y justicia social. “Los avances logrados en las últimas décadas son resultado del compromiso colectivo de diversos sectores de la sociedad. Pero aún persisten prácticas y comportamientos que debemos seguir superando, con decisión y coherencia”, expresa el documento leído al cierre de la jornada.

Participación Ciudadana reafirmó su convicción de que el camino hacia una democracia robusta y una ciudadanía empoderada pasa por instituciones más sólidas, mayor equidad en el acceso a derechos y el cumplimiento riguroso de las normativas vigentes. En ese sentido, alentó a su membresía y al país a seguir siendo parte activa en la construcción de una nación donde impere el respeto mutuo y la responsabilidad compartida.

Durante el desarrollo de la Asamblea, se conocieron y aprobaron el informe anual del Consejo Nacional, el informe financiero, el Plan Estratégico 2025–2027, el Plan Operativo y el presupuesto para el año 2025.

Como parte del proceso de renovación de su órgano de dirección, la Asamblea eligió al abogado Francisco Álvarez Valdez (Pancho) como nuevo miembro del Consejo Nacional, quien fue juramentado al cierre del evento. Reconocido por su histórica labor en favor de la transparencia y la institucionalidad democrática, su elección refuerza el liderazgo ético y plural de la organización.

Además de Francisco Álvarez Valdez, el Consejo Nacional está integrado por Betty del Villar, Erick Hernández, Jacinta Valdez, Josefina Arvelo y Joseph Abreu, Leidy Blanco, Ramón Stalin Montero y Wilfredo De León.

La Asamblea se celebró en el Salón de Actos del Colegio Dominicano de La Salle, con la participación activa de su membresía proveniente de distintas regiones del país.

Consejo Nacional

Participación Ciudadana 

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Participación Ciudadana presenta informe y panel sobre casos de alta corrupción y su tratamiento mediático

Participación Ciudadana celebró el panel titulado “Casos de alta corrupción: la justicia y el devenir mediático”, un espacio de análisis y reflexión sobre la evolución judicial de los principales expedientes por corrupción administrativa en el país y el impacto de su cobertura en medios y redes sociales.

La actividad fue moderada por Fátima Lorenzo Mencía e inició con las palabras de bienvenida de Erick Hernández-Machado, Coordinador General de la organización.

Durante el panel, el abogado y activista Francisco Álvarez Valdez presentó el 4to. Informe de seguimiento del Observatorio de Casos Judicializados de Corrupción, en el que se abordaron los avances y retrocesos de los procesos judiciales más emblemáticos.

El periodista Fausto Rosario analizó el impacto de las campañas en redes sociales en la lucha contra la corrupción, mientras que el sociólogo Cándido Mercedes expuso sobre los riesgos del uso abusivo de estos medios en la democracia.

El evento concluyó con una sesión de preguntas y comentarios del público, seguida de las palabras de cierre.

Sobre el cuarto informe del Observatorio de Casos de Corrupción Administrativa

Con esta iniciativa, Participación Ciudadana reafirma su compromiso con el seguimiento riguroso a los casos de corrupción y la promoción de una ciudadanía informada y crítica frente al uso del poder público.

Participación Ciudadana continúa observando los procesos penales de casos de alta corrupción administrativa por su importancia en la lucha contra la corrupción y la impunidad. Estos casos tienen todas las características de formar parte del concepto de crimen organizado y es una de las razones que obligan a la sociedad a estar atenta para evitar que este tipo de crímenes se normalicen.

No se trata en este observatorio de expresar opiniones sobre la culpabilidad o inocencia de los imputados, sino de darle seguimiento a procesos que deben terminar con sentencias sobre el fondo de los mismos, sea de absolución o de condena, pero siempre en base a las pruebas aportadas y valoradas por los jueces a cargo.

Lo que definitivamente no puede ocurrir, sin causar un grave daño a la credibilidad del sistema de justicia, es que casos como estos, que involucran recursos públicos por miles de millones de pesos, terminen sin sentencia al fondo, debido a la ineficiencia del sistema, o a estrategias orientadas a ponerle fin a los casos, sin que sean valoradas las pruebas de hechos tan graves como los relatados en cada una de las acusaciones presentadas por el Ministerio Público. No cabe duda alguna de que el sistema de justicia se juega su credibilidad en estos procesos.

Cinco son los casos bajo observación: Anti-pulpo, Coral y Coral 5G, Medusa, Calamar y Camaleón. En informes anteriores hemos comunicado quiénes son los imputados y el monto de los fondos públicos involucrados, por lo que remitimos a nuestro último informe colocado en nuestra página. En este cuarto informe expondremos de manera muy sucinta los hechos relevantes acontecidos en estos casos durante los primeros dos meses y medio del presente año 2025. Conózcalo aquí: https://pciudadana.org/wp-content/uploads/2025/03/Cuarto-Informe-Corrupcion.pdf

Participación Ciudadana presenta informe y panel sobre casos de alta corrupción y su tratamiento mediático

Participación Ciudadana celebró el panel titulado “Casos de alta corrupción: la justicia y el devenir mediático”, un espacio de análisis y reflexión sobre la evolución judicial de los principales expedientes por corrupción administrativa en el país y el impacto de su cobertura en medios y redes sociales.

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Durante el panel, el abogado y activista Francisco Álvarez Valdez presentó el 4to. Informe de seguimiento del Observatorio de Casos Judicializados de Corrupción, en el que se abordaron los avances y retrocesos de los procesos judiciales más emblemáticos.

El periodista Fausto Rosario analizó el impacto de las campañas en redes sociales en la lucha contra la corrupción, mientras que el sociólogo Cándido Mercedes expuso sobre los riesgos del uso abusivo de estos medios en la democracia.

El evento concluyó con una sesión de preguntas y comentarios del público, seguida de las palabras de cierre.

Sobre el cuarto informe del Observatorio de Casos de Corrupción Administrativa

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Participación Ciudadana continúa observando los procesos penales de casos de alta corrupción administrativa por su importancia en la lucha contra la corrupción y la impunidad. Estos casos tienen todas las características de formar parte del concepto de crimen organizado y es una de las razones que obligan a la sociedad a estar atenta para evitar que este tipo de crímenes se normalicen.

No se trata en este observatorio de expresar opiniones sobre la culpabilidad o inocencia de los imputados, sino de darle seguimiento a procesos que deben terminar con sentencias sobre el fondo de los mismos, sea de absolución o de condena, pero siempre en base a las pruebas aportadas y valoradas por los jueces a cargo.

Lo que definitivamente no puede ocurrir, sin causar un grave daño a la credibilidad del sistema de justicia, es que casos como estos, que involucran recursos públicos por miles de millones de pesos, terminen sin sentencia al fondo, debido a la ineficiencia del sistema, o a estrategias orientadas a ponerle fin a los casos, sin que sean valoradas las pruebas de hechos tan graves como los relatados en cada una de las acusaciones presentadas por el Ministerio Público. No cabe duda alguna de que el sistema de justicia se juega su credibilidad en estos procesos.

Cinco son los casos bajo observación: Anti-pulpo, Coral y Coral 5G, Medusa, Calamar y Camaleón. En informes anteriores hemos comunicado quiénes son los imputados y el monto de los fondos públicos involucrados, por lo que remitimos a nuestro último informe colocado en nuestra página. En este cuarto informe expondremos de manera muy sucinta los hechos relevantes acontecidos en estos casos durante los primeros dos meses y medio del presente año 2025. Conózcalo aquí: https://pciudadana.org/wp-content/uploads/2025/03/Cuarto-Informe-Corrupcion.pdf

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