Resolución 1/18 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Nuestra organización con la fuerza moral de haber participado y dado seguimiento durante dos décadas a los esfuerzos y consensos por una ley que regule la actividad partidista en orden a la consolidación de la institucionalidad democrática, y tras la aprobación de un polémico proyecto pendiente de segunda lectura en el Senado de la República, Participación Ciudadana quiere apelar una vez más a los actores políticos y legisladores con las siguientes consideraciones y propuestas:
La imposición de un único mecanismo, primarias abiertas, simultáneas y bajo organización de la Junta Central Electoral, para elegir las candidaturas de los partidos políticos a los cargos electivos no ha sido objeto de consenso desde el primer proyecto de Ley de Partidos elaborado en 1998-99 por la Comisión de Reforma y Modernización del Estado, creada por el gobierno del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), ni en ninguna de las otras concertaciones que le siguieron, como las del 2001-02, la del 2009 y la del 2012.
En la actualidad las primarias abiertas son objeto de un rechazo político y social generalizado, y que dividen hasta el propio partido (PLD) que tiene casi absoluto control del Congreso Nacional. Sólo respaldado por un partido aliado, el Revolucionario Dominicano. Ninguno de esos dos partidos ha convocado sus organismos directivos para aprobar una propuesta que por su naturaleza contradice hasta sus propios estatutos, los cuales establecen que son sus miembros quienes eligen sus candidatos.
El padrón abierto para las candidaturas ha sido rechazado reiteradamente por casi todos los partidos reconocidos, resaltando el bloque de once partidos de oposición al gobierno, pero también por los restantes, incluso casi todos los aliados electorales del PLD, agrupados en el Foro Permanente de Partidos Políticos. Igual ha sido generalizado el rechazo entre las instituciones sociales preocupadas por la institucionalidad democrática
La imposición del padrón abierto sería una aventura que podría conducir a mayores confrontaciones, por ejemplo, en la Cámara de Diputados, cuyo presidente ha adelantado que no propiciará una legislación para satisfacer el interés grupal. Y se sabe que allí faltarán unos 30 votos para lograr los dos tercios necesarios para la aprobación de esta ley orgánica.
No quisiéramos dar crédito a las versiones de que se podría estar planeando reproducir en la Cámara de Diputados el mercado de compras de votos que viabilizó la reforma constitucional del 2015. Pero aún si ese proyecto pasara sin el menor consenso en la Cámara de Diputados, ya se ha adelantado que se recurriría al Tribunal Constitucional buscando que se ratifique la declaratoria de inconstitucionalidad que anuló la ley 286-04 que estableció las primarias simultáneas, con padrón abierto y bajo responsabilidad de la JCE, como se replantea en el proyecto aprobado en primera lectura por los senadores.
Participación Ciudadana entiende que sería un proceso tan extenso y cuesta arriba que sumiría el país en la confrontación política y reduciría la gobernabilidad democrática, consumiendo suficiente tiempo para que la ley de partidos no tenga efectos en las campañas por las candidaturas a definirse el próximo año, ya en marcha en varios partidos. Hay quienes creen que en última instancia lo que se persigue con el intento de imposición es que no haya ningún límite ni ordenamiento.
Es obvio que dentro de ese clima de confrontación sería mucho más difícil consensuar y aprobar la nueva Ley del Régimen Electoral, también bajo ponderación del Congreso Nacional, llamada a adecuar el sistema electoral al marco de la Constitución del 2010, lo que debió hacerse hace más de siete años. Las experiencias recientes indican que el país no debe exponerse a otras elecciones generales sin adecuar su legislación a los requerimientos democráticos.
Recordamos que la Junta Central Electoral ha advertido de las graves dificultades que entrañaría una elección de candidatos por todos los partidos al mismo tiempo, sobre todo para el procesamiento de los resultados, cuando a cada cargo podrán optar tres precandidatos por partidos. Así para las elecciones municipales, con casi 4 mil cargos en juego, habría que contarle votos individuales a unos 12 mil aspirantes por partido, 48 mil en total, si la ley sólo obliga a los que han obtenido más del 5 por ciento de los votos, que son cuatro. La experiencia del procesamiento del voto preferencial por los 190 diputados, que le ha tomado a la JCE dos semanas, hace temer que lo propuesto por los senadores sería un acto de irresponsabilidad.
También se ha advertido lo riesgoso que sería embarcar a la JCE en tres elecciones generales en el corto plazo de seis meses, si las primarias son tres meses antes de las municipales de febrero, y luego de ésta la presidenciales de mayo. De haber segunda vuelta entonces serían cuatro votaciones generales.
El proyecto aprobado invade el ámbito de lo que sería la Ley del Régimen Electoral, en su artículo 41 cuando instituye sobre la apertura de la campaña electoral para las elecciones presidenciales y cuando indica fecha de toma de posesión de "las autoridades electas en mayo". También en el artículo 50, párrafos III y IV al referirse a la alianza para las candidaturas, que no caben en las primarias.
El proyecto aprobado establece que la JCE debe decidir sobre solicitudes de nuevos partidos a más tardar 6 meses antes de las elecciones, cuando lo justo sería a más tardar 6 meses tras la solicitud, que no debería hacerse 6 meses antes de las elecciones.
No establece el porcentaje de la mujer en los cargos de dirección de los partidos, dejándolo a los estatutos. Reduce del 25 al 10 por ciento el porcentaje del financiamiento estatal que los partidos deben destinar a la educación y formación de ciudadanos y miembros. Y mantiene su distribución muy desigual, con 80 por ciento en función de los votos obtenidos y sólo 20 por ciento entre todos los partidos, incluyendo los nuevos. Se ha reclamado una reducción al 70-30 por ciento.
CONSEJO NACIONAL
17 de abril del 2018
Posición de TI – Cumbre de las Americas 2018
Participación Ciudadana, Capitulo dominicano de Transparencia Internacional, entiende que los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil reunidas en la VIII Cumbre de las Américas, deben aprovechar el espacio, con franqueza, claridad y de acuerdo a la realidad actual e identificar las medidas urgentes que se deben adoptar en lo inmediato en la región, para promover la cooperación mutua en la persecución de la corrupción. De manera específica, aspiramos a que los países acuerden una cooperación efectiva para castigar a todos los involucrados en el caso ODEBRECHT.
PC considera como un elemento fundamental el compromiso de los Estados y en especial de la República Dominicana para adoptar medidas que puedan regular y controlar el financiamiento de la actividad política, una de las fuentes de corrupción que afectan el sistema político y generan grandes distorsiones a la institucionalidad democrática.
Esta reunión de los gobernantes de América representa una oportunidad para expresar nuestras consideraciones sobre los avances, retos, limitaciones y obstrucciones del Sistema Interamericano de Lucha Contra la Corrupción. De manera particular esperamos que se adopten mecanismos y políticas pendientes en nuestros países para superar los niveles de corrupción e impunidad vigentes, entre ellas Participación Ciudadana indico en la comunicación la urgente tarea de la aprobación en el corto plazo de las leyes de partidos y del régimen electoral que efectivamente contribuyan al avance del país en materia de control, transparencia del financiamiento político.
La VIII Cumbre de las Américas “Gobernabilidad Democrática Frente a la Corrupción” nos plantea la necesidad de tomar acciones urgentes y profundas para detener los efectos de la corrupción en la institucionalidad democrática, la gobernabilidad en las américas y poder alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible adoptados por la comunidad internacional en la Agenda 2030.
Anexo: Posición de Participación Ciudadana y los capítulos de Transparencia Internacional de América Latina y el Caribe para la VIII Cumbre de las Américas.
10 de abril de 2018
Varias organizaciones de la sociedad civil solicitaron a la Cámara de Diputados en una comunicación dirigida a la Sr. Rubén Darío Maldonado Díaz, en su calidad de Presidente de la misma y en virtud de lo establecido en el artículo 83 de la Constitución dominicana, iniciar el proceso de juicio político a los miembros de la Cámara de Cuentas como consecuencia del aumento salarial que se han auto asignado en inobservancia al artículo 140 de la Constitución y el artículo 12 de la Ley 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, lo que resta legitimidad y calidad legal a los miembros del máximo órgano del sistema de control y auditoría del Estado.
Entre las instituciones firmantes que requieren al señor Rubén Darío Maldonado Díaz, en su calidad de Presidente de la Cámara de Diputados presentar juicio político contra los funcionarios que componen la Cámara de Cuentas, se encuentran las siguientes:
Acción Comunitaria por el Progreso (ACOPRO), Centro de Planificación y Acción Ecuménica (CEPAE), Ciudad Alternativa, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Corriente Magisterial José Francisco Peña Gómez, Corriente Magisterial Juan Pablo Duarte, Corriente Sindical Guido Gil (UASD), Foro Ciudadano, Foro Feminista Magaly Pineda (FFMP), Frente Amplio de Lucha Popular (FALPO), Frente Universitario Renovador Frente Estudiantil Flavio Suero (FEFLAS), Juventud Caribe, Juventud Duartiana, Movimiento de Mujeres Trabajadoras (MMT), Movimiento de Trabajadores Independiente (MTI), Participación Ciudadana, Santiago Somos Todos, Unión Democrática de Mujeres (UDEMU) entre otras.
Las organizaciones sociales explican en la carta, que el artículo 140 constitucional establece en forma sentenciosa que “ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados”.
Señalan las organizaciones solicitantes, que los miembros de la Cámara de Cuentas les han faltado el respeto no solo al país, sino además al Congreso Nacional, quien aprobó la Ley 105-13, sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, cuyo artículo 12 establece como límite al salario del presidente de la Cámara de Cuentas, la suma de RD$350,000, que era el salario vigente hasta que fue aumentado en enero pasado a la suma de RD$423,500.00. Los demás miembros recibieron aumentos que llevaron sus salarios a RD$379,097.84.
Asimismo plantean que respecto a las justificaciones presentadas por el presidente de la Cámara de Cuentas para tratar de explicar el autoajuste de salarios, que una resolución jamás puede modificar una ley, como la 105-13, que fue cerrilmente quebrantada al traspasarse el límite salarial establecido por ella y es competencia del Congreso Nacional fiscalizar que las leyes y resoluciones sean respetadas, sobre todo cuando se trata de un órgano como la Cámara de Cuentas, cuyos miembros son designados por el órgano Senado de la República.
Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano en su artículo 25 establece prohibiciones de carácter ético y el literal (a) del referido artículo establece como prohibición “Utilizar su cargo para obtener ventajas, beneficios o privilegios que no estén permitidos por la ley, de manera directa o indirecta, para él, algún miembro de su familia o cualquier otra persona, negocio o entidad”.
Igualmente, expresan que el artículo 32 de la ley comentada dispone que los funcionarios que incumplan las incompatibilidades y prohibiciones establecidas en ella, serán sancionados con la pena de inhabilitación para el desempeño de funciones públicas hasta por un período de cinco (5) años, pero sobre todo establece en el párrafo del referido artículo que la violación de cualquiera de las prohibiciones establecidas en la ley, constituye la falta grave necesaria para dar inicio al juicio político contra los infractores.
Consejo Nacional
9 de abril de 2018
Transparencia Internacional considera que los gobiernos y las organizaciones de sociedad civil reunidas en la VIII Cumbre de las Américas deben aprovechar esta oportunidad para generar consensos y recomendaciones sobre las áreas estratégicas que realmente contribuyan a atacar la raíz de la corrupción.
Los recientes escándalos en la región, principalmente el caso develado por la operación “Lava Jato”, que expuso la actividad criminal de un cártel de empresas constructoras brasileras que operaba en gran parte de América, entre las cuales destaca Odebrecht, confirman que las áreas estratégicas para combatir la corrupción son: financiamiento de partidos y campañas, compras y contrataciones públicas y sistema de justicia. Asimismo, los componte transversales de cada una de estas áreas son el derecho de acceso a la información, la rendición de cuentas de calidad y la participación ciudadana efectiva.
Las propuestas concretas de los capítulos de Transparencia Internacional de América Latina y el Caribe para la VIII Cumbre de las Américas son:
1. Financiamiento de partidos y campañas:
1.1. Control del Estado: a) asignar la función de control de todos los recursos públicos y privados en efectivo y especies de los partidos y campañas en una institución específica, autónoma e independiente (sin limitar la capacidad de coordinación interinstitucional); b) crear dentro de esa institución una unidad especializada, c) asignarle a esa unidad funciones de revisión, verificación y auditoria; d) dotarla con los recursos materiales, humanos y tecnológicos necesarios; y e) fortalecer la capacidad estatal de prevenir, sancionar y erradicar el financiamiento proveniente de fuentes ilegales.
1.2. Rendición de cuentas a cargo de los partidos: a) establecer la obligación de bancarizar todos los ingresos de los partidos y campañas; b) establecer mecanismos obligatorios complementarios para garantizar el registro de todos los ingresos y egresos (incluyendo los recursos en especies) de los partidos y campañas (recibos certificados, declaración de origen de fondos, comprobantes de pago, certificados de compra o adquisición); c) instaurar sistemas obligatorios de administración y control interno de todos los recursos (unidad especializada responsable, manuales y sistemas contables); d) instituir la obligación de presentar informes financieros integrados y abiertos a la ciudadanía (previos y posteriores a las elecciones); y e) establecer o fortalecer los sistemas electrónicos abiertos de presentación de informes y rendición de cuentas de los partidos.
1.3. Acceso a la información y participación ciudadana: a) establecer obligaciones y mecanismos para garantizar la máxima publicidad de toda la información sobre el financiamiento; b) establecer normas e instrumentos para garantizar el acceso y monitoreo ciudadano de toda la información sobre financiamiento; c) eliminar el secreto bancario y fiscal de las finanzas de los partidos y campañas; d) establecer la obligación de que las personas jurídicas que financien partidos y campañas brinden información a las autoridades y al público en general sobre las personas naturales que las controlan y reciben beneficios de ellas; y e) crear bases de datos abiertas con la información pública de todos los donantes de los partidos y campañas, es decir, personas jurídicas y las personas naturales que las controlan, así como personas individuales
1.4. Limitación del gasto de campaña: a) instaurar límites de duración de campañas, b) establecer límites de gastos de campaña, y c) crear límites y controles específicos de los disparadores del gasto.
1.5. Prohibición del uso indebido de recursos públicos: a) prohibir la publicidad de asuntos estatales durante la campaña; b) prohibir la contratación de bienes y servicios públicos durante la campaña; c) prohibir el proselitismo desde cargos públicos; d) prohibir la entrega de beneficios o ingreso a programas sociales durante la campaña; y e) establecer la separación obligatoria del cargo de aquellos funcionarios públicos que sea precandidatos y candidatos.
1.6. Sanciones: a) establecer sanciones administrativas y penales efectivas, proporcionales y disuasivas de todas las conductas (acciones y omisiones) que transgredan las reglas (prohibiciones y obligaciones) del sistema de financiamiento imputables a personas individuales (dirigentes de partidos y funcionarios públicos) y colectivas (partidos e instituciones públicas); b) establecer las autoridades competentes en materia administrativa y penal y las reglas procesales necesarias para que el Estado en general garantice la aplicación efectiva de las sanciones; y c) fortalecer los mecanismos de protección de denunciantes especialmente para quienes denuncian financiamiento de fuentes ilegales.
2. Compras y contrataciones públicas:
2.1. Control del Estado: a) fortalecer los órganos de control gubernamental independientes garantizando su autonomía y dotándolos de los recursos materiales, humanos y tecnológicos necesarios; b) fortalecer las unidades internas de control de todas las instituciones que procesan compras y contrataciones públicas; c) asignar a las unidades internas las competencias y los recursos materiales, humanos y tecnológicos necesarios; d) crear mecanismos para garantizar un control interno eficaz (asignación de cada fase a equipos distintos y rotación de funcionarios); e) crear un sistema de precalificación que establezca criterios de integridad que las empresas deben cumplir para participar en los proceso de compras y contrataciones; y f) establecer la obligación de comparar y analizar la información pública contenida en las bases de datos de financistas de partidos y las de contratistas estatales y publicar los resultados periódicamente.
2.2. Rendición de cuentas: a) instituir la obligación de detectar, prevenir y resolver los conflictos de intereses de los funcionarios involucrados en todas las fases de los procesos de compras y contrataciones; b) fortalecer los sistemas de declaración y evaluación patrimonial de los funcionarios involucrados en todas las fases de los procesos de compras y contrataciones; c) establecer cláusulas anticorrupción en los contratos y mecanismos efectivos para su cumplimento; d) crear o fortalecer mecanismos de apelación robustos, independientes y efectivos para los oferentes en cualquier fase del proceso; y e) crear o fortalecer mecanismos adecuados y eficientes de defensa para las instituciones públicas que permitan resolver las apelaciones de forma oportuna y justa.
2.3. Acceso a la información: a) garantizar la publicidad y acceso a toda la información de las fases de los procesos de compras y contrataciones (desde la planificación hasta la evaluación) en formatos inteligibles; b) prohibir cláusulas de confidencialidad en los contratos, salvo excepciones establecidas en el ordenamiento jurídico nacional, justificadas, limitadas y públicas; c) instaurar o fortalecer los sistemas electrónicos de compras y contrataciones públicas y garantizar su uso en todos los niveles del Estado; (nacional, federal, departamental o provincial y local o municipal); d) garantizar la publicación de las declaraciones de intereses y patrimonio de los funcionarios involucrados en todas las fases de los procesos de compras y contrataciones; y e) establecer la obligación de que las personas jurídicas que compitan en los procesos de compras y contrataciones brinden información a las autoridades y al público en general sobre las personas naturales que las controlan y reciben beneficios de ellas.
2.4. Participación ciudadana: a) instituir mecanismos de consulta y monitoreo ciudadano eficientes, formales y obligatorios previa, durante y posteriormente a la celebración de los contratos; y b) establecer la obligación de las autoridades públicas de responder a las conclusiones y recomendaciones derivadas de las consultas y el monitoreo ciudadano.
2.5. Sanciones: a) establecer sanciones administrativas y penales efectivas, proporcionales y disuasivas de todas las conductas (acciones y omisiones) que transgredan las reglas (prohibiciones y obligaciones) y malas prácticas (colusión, fraccionamiento de compras u obras, tráfico de influencia, acceso a información privilegiada, entre otras) en los procesos de compras y contrataciones imputables a personas individuales (empresario y funcionarios) y colectivas (empresas e instituciones); b) garantizar la aplicación efectiva de las sanciones mediante el fortalecimiento institucional y el perfeccionamiento del marco legal procesal en materia administrativa y penal.
3. Sistemas de justicia
3.1. Consolidar la independencia de las instituciones del sistema de justicia: a) crear procesos transparentes, competitivos y objetivos de selección de todos los funcionarios del sistema de justicia; b) establecer sanciones contra la injerencia en los procesos de selección de los funcionarios del sistema; c) fortalecer los sistemas de carrera judicial, fiscal y de defensores públicos transparentes, competitivos y objetivos; y d) asignar los recursos materiales, humanos y tecnológicos necesarios.
3.2. Cooperación internacional: a) promover la ratificación de los instrumentos internacionales sobre cooperación internacional anticorrupción, así como facilitar su implementación, promoviendo los mecanismos institucionales necesarios para su eficaz actuación; b) mejorar los ordenamientos jurídicos, innovando y actualizando los instrumentos normativos nacionales e internacionales existentes, así como armonizando la legislación de carácter sustantivo; c) fortalecer los equipos nacionales de las entidades a cargo de la investigación de la corrupción, dotándoles de los suficientes recursos económicos, humanos y tecnológicos; d) avanzar hacia la cooperación directa, sin intermediarios, entre los responsables de la investigación de casos de corrupción mediante la realización de encuentros periódicos y el fortalecimiento de las redes especializadas de las autoridades competentes, así como la creación de centros de coordinación regional o equipos internacionales de investigación que permitan atender casos transnacionales y servir como repositorios de información; e) crear herramientas formales de cooperación internacional, tomando como referente los modelos exitosos de otras regiones del mundo, pero también explorar el uso de herramientas informales de comunicación e interacción entre las autoridades responsables de la persecución penal; y f) impulsar la creación y funcionamiento de registros centralizados de cuentas bancarias, de beneficiarios reales de personas jurídicas, así como dotar de más medios a las unidades de inteligencia financiera.
3.3. Acceso a la información, rendición de cuentas y participación ciudadana: a) establecer obligaciones y mecanismos para que la información sobre el desempeño del sistema en general sea de acceso público y verificable; b) instituir la obligación de detectar, prevenir y resolver los conflictos de intereses de los funcionarios del sistema de justicia; c) fortalecer los sistemas de declaración y evaluación patrimonial de los funcionarios del sistema; d) fortalecer los sistemas de inhabilidades de jueces y magistrados y garantizar su acceso público; e) establecer la obligación de publicar las declaraciones de intereses y de patrimonio; y f) garantizar el efectivo y eficaz monitoreo ciudadano del desempeño del sistema de justicia en general.
3.4. Protección de denunciantes y testigos: a) delimitar el ámbito de aplicación de la protección; b) crear normas y mecanismos para la protección de los denunciantes y testigos; b) difundir extensamente el ámbito, las normas y mecanismos; c) establecer medidas específicas de asistencia y protección a los denunciantes y testigos; y d) crear agencias independientes con las competencias necesarias (recibir, investigar, evaluar y asignar medidas) y dotarlas de recursos económicos, humanos y tecnológicos suficientes.
3.5. Recuperación de activos: a) armonizar y fortalecer la legislación existente para facilitar la eficiente cooperación y recuperación de activos; b) crear los mecanismos necesarios para que los países donde se encuentran los activos ilegales respondan inmediatamente a las solicitudes; c) desarrollar medidas y regulaciones que faciliten la congelación de activos; y d) establecer sanciones para las instituciones financieras que no cumplan con los procesos y normas de recuperación de activos.
4. Sistema interamericano:
El impacto de la corrupción sobre la seguridad, la calidad de vida, la limitación al desarrollo, y el progreso en general, nos obliga además solicitar a la Organización de los Estados Americanos (OEA) que el sistema interamericano incorpore en su concepción, análisis y trabajo a la corrupción y los incentivos perversos que genera como causales de violación de derechos humanos.
Lima, Perú, abril de 2018.
Participación Ciudadana considera que el aumento salarial que se han auto asignado los miembros de la Cámara de Cuentas viola el artículo 140 de la Constitución y el artículo 12 de la Ley 105/13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, lo que resta legitimidad y calidad legal y moral a tales miembros para continuar encabezando el máximo órgano del Sistema de Control y Auditoria del Estado.
El artículo 140 constitucional establece en forma enfática que “ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados.”
PC indico además que el artículo 12 de la Ley 105/13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, establece como límite al salario del presidente de la Cámara de Cuentas, la suma de RD$350,000, que era el salario vigente hasta que fue aumentado en enero pasado a la suma de RD$423,500.00. Los demás miembros recibieron aumentos que llevaron sus salarios a RD$379,097.84.
La institución lamento que estos aumentos salariales se producen luego de declaraciones de los propios miembros de la Cámara de Cuentas de insuficiencia de fondos para poder realizar sus trabajos de auditorías, sobre todo en casos tan relevantes como las sobrevaloraciones de obras asignadas a Odebrechet, la OMSA, Diandino Peña, el CEA y muchos otros casos pendientes. Esta queja permitió que se asignaran a la Cámara de Cuentas ochenta millones adicionales en su presupuesto para el 2018, de los cuales 54 millones fueron rápidamente utilizados para aumento de nómina, incluyendo los de los miembros de la Cámara de Cuentas.
La excusa presentada por el presidente de la Cámara de Cuentas en el sentido de que, para hacer un ajuste general de salarios, tenían que hacer un nuevo tabulador, incluyendo los salarios de los miembros de la Cámara de Cuentas, es incorrecta, pues se hubiesen podido incluir, pero dejando la aplicación del aumento para los nuevos miembros cuando fueren designados, respetando así el texto constitucional, y hasta que la ley sobre Regulación Salarial del Estado fuere modificada.
Para PC al prevalerse de sus posiciones para obtener provecho económico en violación a la Constitución y las leyes, infringieron además el artículo 146 constitucional que tipifica el delito de corrupción y lo sanciona con la degradación cívica, sin perjuicio de la sanción establecida por violación a la Ley de Regulación Salarial del Estado dominicano, que además dispone en su artículo 32, en forma expresa, que la violación a la misma constituye la falta grave necesaria para dar inicio del juicio político previsto en la Constitución.
No es la primera vez que una situación como esta ocurre en la Cámara de Cuentas, y debemos recordar que en 2008 los miembros de entonces fueron sometidos a juicio político por violar la Ley de Austeridad entonces vigentes, al aumentarse sus salarios. En esa época no existía la disposición constitucional que prohibía aumentos salariales en provecho propio ni la Ley de Reajuste Salarial, por lo que las violaciones actuales son mucho más graves y claras y obliga a la aplicación del régimen de consecuencias existente.
Consejo Nacional
20 de marzo del 2018
Participación Ciudadana (PC), Capítulo dominicano de Transparencia Internacional y el Centro de Planificación y Acción Ecuménica (CEPAE), presentan el proyecto “Promoviendo la participación ciudadana, la veeduría social e incidencia en la Gestión Local”. Esta iniciativa cuenta con los auspicios de la Unión Europea y tiene como propósito “Fortalecer las contribuciones de las organizaciones de la sociedad civil y de las autoridades locales al desarrollo social, al fortalecimiento de la buena gobernanza, a la rendición de cuentas y a la definición participativa de políticas inclusivas en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo-2030 y/o a las metas de los objetivos de desarrollo sostenible.
Con esta propuesta las instituciones ejecutoras pretenden contribuir al fortalecimiento de la administración pública local, a partir de construcciones públicas transparentes y de calidad, la aplicación de las normativas de las contrataciones públicas e implementación de políticas públicas que prioricen a la población más vulnerable; además a la participación activa de la sociedad civil dominicana en el monitoreo y acompañamiento de los avances en la administración pública local y su impacto en la calidad de las construcciones de obras públicas.
La zona geográfica de intervención será complementaria y se convertirá en un referente en la Región Sur; en los seis (6) municipios cabecera de las provincias de San Cristóbal, Peravia, Azua, Barahona, San José de Ocoa y San Juan de la Maguana.
La iniciativa persigue tres importantes resultados:
En el marco del proyecto se pretende propiciar, entre otras iniciativas la firmas de Pacto de Integridad Municipal, instrumento que permita el impulso de procesos de veeduría y transparencia en ejecutorias de recursos en los gobiernos locales, enfocados a las contrataciones y ejecución de obras públicas; dicha acción permitirá el monitoreo municipal al cumplimiento de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras y Concesiones.
El seguimiento a la Ley No. 176-06 que instituye el Presupuesto Participativo, permitirá una mayor sensibilización y acompañamiento a las organizaciones sociales en los municipios para que fragüen una participación más efectiva y sea demandada la aplicación o mejora de la implementación, en ese sentido las comisiones de veeduría social a obras públicas municipales aplicara los criterios establecidos por ley.
La presentación del proyecto se llevó a cabo en los salones del Centro de Planificación y Acción Ecuménica (CEPAE), calle Elvira de Mendoza #253, Zona Universitaria.
Tenemos una visión de país cristalizada conceptualmente en la Estrategia Nacional de Desarrollo, mediante la Ley 1 – 12, 2010-2030. Esa visión, reza “La República Dominicana es un país próspero, donde se vive con dignidad, seguridad y paz, con igualdad de oportunidades, en un marco de democracia participativa, ciudadanía responsable e inserción competitiva en la economía global y que aprovecha sus recursos para desarrollarse de forma innovadora y sostenible”.
Si miramos objetivamente, sus cuatro Ejes Estratégicos, con sus 19 objetivos y el conjunto de Indicadores y Metas, así como sus acciones y los compromisos asumidos por el Estado con plazos calendarizados, podemos decir que es como si ésta no existiera. Ya nos decía Joel Barker, “visión sin acción es un sueño, acción sin visión, carece de sentido”. Pero ¿qué es una visión y por qué es tan importante para la vida de una empresa, una organización o una sociedad? La visión es la imagen mental de lo que es posible y deseable de cara al futuro. La visión desfigura y desdibuja el inmediatismo, el coyunturalismo, el hiperprensidencialismo, el mesianismo y fortalece el cuerpo normativo de los mismos, adentrándonos en las acciones y decisiones que están encuadrados en las instituciones.
La visión es el arte de verse proyectado en el tiempo y el espacio. Es un compromiso con el futuro. Es el anhelo de trabajar hoy, dibujando lo que seremos a través de ese puente, que solo los humanos podemos hacer: la imaginación. Como nos decía Stephen Covey, el ser humano es el único animal de la naturaleza que crea dos veces: a la creación física, precede la creación mental. De ahí que Albert Einstein decía con mucha propiedad que la imaginación es más importante que el conocimiento.
La visión conduce al esfuerzo concertado y al espíritu de la sinergia. Convoca a todos los actores hacia el esfuerzo de objetivos comunes y hace que despleguemos nuestras alas, donde todos rememos hacia la misma dirección. La visión se concentra, ahogando lo más posible las incertidumbres y el activismo per se. No se trata de hacer cientos de actividades sin saber hacia dónde vamos, a donde conducen éstas. Ella nos traza el porvenir y nos guía nuestro radio de acción. Es y constituye nuestra imagen. Nos alienta y nos robustece el orgullo al saber lo que queremos y a donde llegaremos.
Nos ofrece el horizonte de cómo alcanzaremos los objetivos, de las oportunidades y desafíos que debemos de enfrentar, así como de entender las distintas fuerzas sociales, las relaciones de poder, los actores estratégicos y las ventajas y carencias internas y externas, de las condiciones en que estamos operando. Es el filtro, el cemento, el pegamento que solidifica y mantiene la cohesión y la coherencia. Nos une, en una sociedad, como la fragua energizada de su hilo conductor. Una visión bien orquestada y mejor asumida, permea de manera nodal, en todas sus aristas a la Gobernanza y a la Gobernabilidad. Se sumerge y cristaliza en estas dos instancias que generan la legitimidad y el auge sostenible, ya que la visión aclara el direccionamiento a largo plazo de la sociedad y una organización.
Visto desde la cristalización y simbiosis que ha de darse entre: visión, gobernanza y gobernabilidad; podemos decir que no hay un alineamiento entre los tres, lo cual hace que en el cuerpo social dominicano los avances sean tan lentos, muy tímidos. Para avanzar, para que se produzcan los cambios con mayor calado se amerita de esa unidad sincrónica. No verse así, es tomar decisiones que no están en las partituras de la Estrategia Nacional de Desarrollo y de la definición de la visión.
Si en estos 6 años de la promulgación de la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo se hubiesen cumplido los mandatos establecidos con sus respectivas metas y objetivos, no nos cabe la menor duda, que otra fuera la sociedad, con un mayor índice de desarrollo humano, con mayor bienestar, mejores niveles de calidad de vida, mejor cohesión social y un grado de institucionalidad que coadyuvaría a un mejor Capital Institucional.
La visión bien llevada empuja la gobernanza y la gobernabilidad hacia un estadio de mayor eficiencia, de mayor eficacia y a la contemporización del compromiso con toda la sociedad. No del juego suma cero. ¿Por qué se da con tanta vehemencia y sistematicidad esta ceguera de exclusión que arrastra a los actores políticos en el poder y a una buena parte de la oposición?
Porque los actores políticos, en mayor dimensión, actúan como señalaba Daniel Kahneman, Premio Nobel, con mayor grado de irracionalidad. El demostró que las emociones son una forma de pensamiento. Nos deja establecido en su libro Pensar rápido, pensar despacio, que tenemos dos sistemas de pensamiento. El Sistema 1, dice él, es nuestra mente animal, es rápido, instintivo y emocional. El Sistema 2, es lento, deliberativo y lógico.
La elite nuestra se maneja con una sobredimensión del Sistema 1, lo que hace que solo piensen en sus intereses, en particularidades, en el corto plazo, en el sentido de que no hay vida después de ellos mismos. La prueba más fehaciente y palpable fue la declaración de Campos de Moya, presidente de la Asociación de Industrias de República Dominicana, donde esbozaba que no estaba de acuerdo con un Pacto Fiscal. El Pacto Fiscal está contemplado en el Capítulo X que rubrica: Pactos Nacionales en apoyo a la Estrategia Nacional y el Artículo 36, lo ilustra de manera meridiana.
La gobernanza se refiere de manera taxativa a la calidad de respuesta que ofrece el Estado; en cambio, la gobernabilidad se basa en la capacidad técnica y política con la que el Estado cuenta para dar solución a las demandas de la sociedad. Es al decir de Rodrigo Borja “La razonable capacidad de mando, de conducción política y disciplina democrática que puede alcanzar una sociedad”; y, Antonio Camou, citado por Borja, nos dice, que es “un estado de equilibrio dinámico entre las demandas sociales y la capacidad de respuesta gubernamental”.
Nos comprometimos con los Objetivos del Milenio y no nos fue bien. Ahora, tenemos los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Nos trazamos que para esta fecha tendríamos, según el Artículo 22 de la Estrategia Nacional, que en el Índice de Percepción de la Corrupción estaríamos en 40 de 100 o, en 4 de 10. ¡Ya vemos, la visión, no está presente en los hacedores de políticas públicas, lo que dificulta cada día más la cohesión social y con ello la potencialidad, la tendencia de mayores niveles de conflictividad social!
El Consejo Nacional de Participación Ciudadana, eligió a Miriam Díaz Santana, como coordinadora general para el periodo 2018-2019.
Socióloga, Maestría en Educación, profesora de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) por 30 años, investigadora, activista social en diferentes organizaciones. Especialista en educación y en planificación.
Miembro de Participación Ciudadana desde su fundación, Coordinadora General en el año 2003. Miembro activa permanente de las comisiones de Transparencia y de Análisis Político. Miembro del Consejo Nacional de Educación Superior en el periodo 2002/2004.
Ha trabajado por más de 30 años en el sector educativo, gubernamental y de ONG. Es profesora titular del Departamento de Sociología de la UASD. Ha realizado más de 15 investigaciones en el campo de la educación, la sociología y la democracia.
Consejo Nacional
11 de marzo de 2018