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PC presenta Cuarto Informe de Observación Electoral

Elecciones Presidenciales 2012

Al presentar este cuarto informe de Observación electoral, queremos destacar que durante el mes de febrero Participación Ciudadana dio inicio a la capacitación de los(as) voluntarios(as) captados hasta la fecha, de los tres mil quinientos que participarán en la observación de las elecciones presidenciales y de los diputados en representación de los y las residentes en el exterior del próximo 20 de mayo, muchos de los cuales ya tienen experiencia derivada de procesos anteriores.

En lo relativo al proceso electoral, lamentamos que a pesar de los esfuerzos, parece que una vez más llegaremos a una elección general sin contar con una ley que reglamente la campaña electoral. Aunque la Junta Central Electoral (JCE) depositó ante el Congreso un proyecto de Ley Orgánica del Régimen Electoral, que regularía lo relativo a las campañas electorales, por el escaso interés mostrado por líderes políticos, candidatos y legisladores, se da por hecho que no será aprobado antes de las elecciones.

Frente a esta situación, el licenciado Eddy Olivares, miembro de la JCE, sometió al pleno del organismo un proyecto de reglamentación que tiene como contenido una buena parte de las disposiciones consignadas  en el anteproyecto de la Ley Orgánica del Régimen Electoral con relación a la regulación de la Propaganda Electoral y el Uso de los Medios de Comunicación. Posteriormente se informó que el presidente de la Junta Central Electoral también ha presentado una propuesta de reglamentación que el pleno del organismo  se abocaba a conocer al concluir el mes de febrero.

PC ha insistido en la necesidad de la ley o por lo menos de un reglamento de campaña electoral y de transparencia de su financiamiento. Insistimos en que el párrafo IV del artículo 212 de la nueva Constitución de la República faculta a la JCE para “reglamentar los tiempos y límites en los gastos de campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación”. Entendemos que las condiciones existen para que el organismo electoral apruebe sin mayores dilaciones un reglamento de campaña electoral que permita mejorar la calidad de la campaña electoral.

En otro orden, la JCE ha propuesto un mecanismo de difusión de las actas de votación de los colegios electorales que deja atrás el mecanismo de validación que se ejecuta tradicionalmente en las juntas electorales municipales y que ha sido uno de los factores determinantes de la lentitud con que se han conocido los resultados de los comicios.

Desde hace varias elecciones PC ha reclamado la eliminación de este mecanismo por entender que se ha prestado para que los que aparecen perdiendo apliquen tácticas que dilatan la divulgación de los resultados, convirtiéndose en fuente de incertidumbres y maniobras tendentes a alterar la voluntad de los electores.

La propuesta de la JCE incluye el envío automático del resultado de cada colegio a los diversos partidos y a los medios de comunicación que dispongan de  las facilidades técnicas necesarias, lo que entendemos haría más transparente el proceso. También contempla que la JCE emita un solo boletín final. Esto último no parece necesario ni prudente. En la elección presidencial sería más conveniente, transparente  y orientador que periódicamente (cada una o dos horas) se emita un boletín con el balance acumulado. 

Nuestra institución reconoce que uno de los acontecimientos más positivos del último mes fue el mensaje de la Conferencia del Episcopado Dominicano emitido en ocasión de la celebración del 168 aniversario de la independencia nacional, en el que formularon un contundente respaldo a la necesidad de aprobar los pendientes proyectos de ley orgánica electoral y de partidos políticos, propugnando por el fortalecimiento de la democracia.           

Los obispos abogaron por una campaña electoral donde los partidos participantes “deben tener la misma igualdad y capacidad  de competir con posibilidades reales de alcanzar el triunfo” y exhortaron a la Junta Central Electoral a “disipar toda clase de dudas a base de integridad, transparencia, eficiencia, eficacia y responsabilidad”.

Por otro lado, como resultado de la visita de la presidenta del Consejo de Directores de Transparencia Internacional, Dra. Hugette Labelle, surgió la propuesta de establecer un Protocolo de Transparencia a ser implementado en el próximo período gubernamental. Los candidatos de ambos partidos mostraron disposición a suscribir ese compromiso y de inmediato la Comisión de Transparencia de Participación Ciudadana comenzó a trabajar en la elaboración de un proyecto que sería discutido primero con organizaciones de la sociedad civil y luego con representaciones de los candidatos con miras a su suscripción.

En lo que respecta a la campaña, queremos señalar que el Partido de la Liberación Dominicana ha formulado una propuesta de Pacto de Civilidad entre los candidatos y partidos que participan en la campaña electoral, lo que de inmediato ha sido aceptado por el candidato presidencial del Partido Revolucionario Dominicano, Hipólito Mejía.

En este último tramo se percibe una preferencia por el señalamiento de comportamientos cuestionables entre los candidatos, en vez de hacer explícitas sus propuestas y, sobre todo, la forma en que piensan ejecutarlas. Ha brotado una tendencia a cuestionar  las capacidades de los candidatos, su honestidad, así como la transparencia en el manejo de sus asuntos privados y públicos. Se esgrimen argumentos justificadores de esta degradación en el contenido de la campaña haciendo la diferencia entre campaña “negativa” y campaña “sucia”.

Numerosas voces autorizadas han demandado poner término a este tipo de campaña, así como evitar que se produzcan enfrentamientos entre miembros de partidos diferentes. En ese contexto es positiva la propuesta de pacto de civilidad, que esperamos sea de pronta materialización.

En cuanto al sistema de partidos,en nuestro Tercer Informe de Observación Electoral expresamos nuestra preocupación por la persistente debilidad institucional de las organizaciones políticas, haciendo referencia de manera expresa al caso del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), y el incumplimiento del Tercer Congreso Joaquín Balaguer que decidió presentar candidaturas propias. La decisión de la Asamblea General Extraordinaria y de otros órganos de dicho partido, de otorgar poderes extraordinarios a uno de sus dirigentes para materializar una alianza con otro partido, ha traído como consecuencia la impugnación de tales decisiones por varios de los precandidatos que aspiraban a encabezar la boleta electoral del PRSC, así como la expulsión de por lo menos un importante dirigente radicado en Santiago, profundizando  la dispersión del tercer partido del sistema.

Es importante resaltar en este informe la decisión adoptada por el Tribunal Superior Electoral (TSE)  respecto de una de las acciones intentadas, específicamente el recurso de amparo que elevaron los antiguos precandidatos reformistas.           

El TSE optó por la vía fácil del formalismo y sin conocer el fondo declaró inadmisible la acción de amparo al entender que se trataba de un amparo de cumplimiento,  recurso previsto en el artículo 104 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales (LOTCPC) que sólo puede ser ejercido contra un funcionario u organismo público.

Acierta el TSE cuando afirma que el amparo de cumplimiento puede ser ejercido únicamente contra un funcionario público. Sin embargo, es errónea la calificación del caso como un amparo de cumplimiento porque los dirigentes reformistas no fundamentaron su acción de amparo en el artículo 104, sino que la reputan como una acción de amparo ordinaria, fundamentada en la protección de derechos fundamentales vulnerados por una omisión de un particular, claramente establecida por el artículo 65 de la LOTCPC.

La acción ejercida por el grupo reformista es perfectamente admisible al sustentarse en este artículo, sin tener que aplicar el artículo 104, que no fue invocado, y que es efectivamente aplicable en forma exclusiva a funcionarios públicos.           

La decisión del TSE es preocupante, sobre todo si se pretendiese con ella establecer un precedente que cierre la acción de amparo por omisión de particulares en materia electoral, que no ha sido el propósito de la LOTCPC. Es lamentable también por cuanto implica un pobre inicio del nuevo tribunal electoral en tanto restringe el recurso de amparo en materia electoral. Mantenemos la esperanza de que varíe su criterio prontamente y adopte una línea de interpretación más ajustada a la letra y al espíritu de la ley.

Por último, PC desarrolló nueva vez un monitoreo de gasto en publicidad de los partidos políticos y sus candidatos en los medios de comunicación durante el mes de enero. Este reporte presenta los gastos de los partidos políticos en la campaña electoral, en la radio, la televisión y la prensa escrita de alcance nacional y algunos medios de la región norte del país, así como en la programación del telecable de Tricom y Aster, durante el mes de enero.

Los partidos políticos gastaron en enero un total de RD$ 58,813,525.90.  Los resultados del monitoreo de enero revelan un gran desequilibrio en los gastos de publicidad en los medios de comunicación entre las diferentes candidaturas, ya que la del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) tuvo un gasto de RD$ 41,006,858.40, lo que arroja un 69.72% del total. Le siguió la del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) con un gasto de RD$ 11,925,568.18, representando un 20.28%. En un tercer lugar está el partido Dominicanos por el Cambio (DXC) con un 5.43% de los gastos reportados. Las candidaturas de la Unión Demócrata Cristiana y del Frente Amplio superan el 1 por ciento y las de Alianza País, Partido Revolucionario Independiente y Partido Democrático Institucional quedan por debajo del 0.51 por ciento.

Consejo Nacional de PC.

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