Coalición solicita al CONCLAFIT designar nuevos sujetos obligados de la Ley de Lavado de Activos y al CONGRESO modificar las leyes 155-17 y 33-18 para blindar la entrada del dinero sucio a la política.
La Coalición por la Transparencia del Financiamiento Político, integrada por diversas organizaciones de la sociedad civil dominicana, reiteró su solicitud al Comité Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (CONCLAFIT) para que en su próxima reunión prevista para el mes de abril conozca formalmente la propuesta de la sociedad civil presentada mediante comunicación dirigida al Ministro de Hacienda en su calidad de presidente del CONCLAFIT, con copia a todos sus miembros.
La coalición plantea que el CONCLAFIT disponga la designación como sujetos obligados dentro del sistema nacional de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo de los siguientes actores:
• Partidos políticos
• Candidatos y precandidatos a cargos de elección popular o función pública
• Organizaciones y movimientos políticos
Esta solicitud se fundamenta en la Ley núm. 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, cuyo artículo 33 establece:
"El Comité Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (CONCLAFIT) podrá designar como sujetos obligados a otras personas físicas o jurídicas cuando determine que, por la naturaleza de sus actividades, exista riesgo de lavado de activos o financiamiento del terrorismo."
Las organizaciones recordaron que esta propuesta no es nueva, sino que ha sido planteada por la sociedad civil desde el año 2018, sin que hasta la fecha se haya producido una respuesta institucional definitiva por parte del CONCLAFIT.
En ese sentido, la coalición manifestó su preocupación por los múltiples casos de narcotráfico que ha permeado en la política y de la corrupción para el financiamiento opaco de las campañas electorales.
Si bien es cierto la Evaluación Nacional de Riesgo (ENR) 2024 de autoría del mismo CONCLAFIT, reconoce amenazas altas de narcotráfico y corrupción, lamentablemente no evalúa el financiamiento político como canal de materialización de dichas amenazas. Esto evidencia que el financiamiento político constituye el mayor riesgo no evaluado del sistema dominicano de prevención de lavado de activos.
El financiamiento político debe entenderse como un posible:
- canal de entrada de capital ilícito
- mecanismo de influencia
- instrumento de retorno económico vía corrupción pública
La Ley 33-18 regula el financiamiento de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, pero no alcanza a los candidatos ni pre candidatos a posiciones políticas, y tampoco obliga a los actores a tomar medidas anti lavado, ni son sometidos a las sanciones de la Ley 155-17 en caso de no ejecutarlas. La Ley 33-18 regula el financiamiento político sin integrarlo al sistema antilavado, y no establece sanciones penales robustas, ni medidas disuasivas en materia de lavado de activos, limitando su eficacia frente a esquemas ilícitos complejos.
Por otro lado, la Ley 155-17 establece sujetos obligados, debida diligencia, beneficiario final, reportes de operaciones sospechosas (ROS) y sanciones administrativas y penales, sin embargo, presenta limitaciones frente al ámbito político pues no alcanza ni obliga a partidos, agrupaciones y movimientos políticos, ni tampoco a candidatos ni precandidatos a posiciones políticas, quedando fuera del sistema antilavado, los principales receptores de financiamiento político. En el mismo orden de ideas, la Ley 155-17 establece ciertos controles para las Personas Expuestas Políticamente (PEPs), pero deja fuera de su alcance a aquellos que aspiran a posiciones políticas y que mueven cualquier cantidad de dinero para poder alcanzarlas.
La Coalición también advierte el vacío normativo en asuntos de financiamiento político indirecto sin trazabilidad como por ejemplo:
- Los aportes en especie
- El financiamiento de terceros
- Los pagos directos a medios
- El apoyo logístico externo
Para mitigar los riesgos anteriores recomienda canalizar los aportes a través de los partidos o agrupaciones políticas y/o estructuras supervisadas, de manera que puedan identificarse los donantes (hasta el beneficiario final en caso de sociedades) de las donaciones opacas. Para estos fines se crearía un Registro Nacional de Financiamiento Político y todo financiamiento o donación debería ser publicado para fines de trazabilidad y transparencia.
La Coalición no se opone a una Evaluación Nacional de Riesgo del Financiamiento Político para validar el esquema típico del lavado de activos en el financiamiento político:
- Ingreso de fondos ilícitos invertidos en campañas políticas
- Falta de verificación
- Acceso a poder
- Retorno vía contratos o influencia
- Legitimación del dinero
La comisión técnica del CONCLAFIT le aseguró a la coalición que los puntos expuestos serán tratados en la próxima reunión del CONCLAFIT a celebrarse el próximo mes de abril 2026.
Ante la proximidad de la próxima la citada reunión, la coalición reitera respetuosamente que:
- Las propuestas de la coalición sean incluida formalmente como punto de agenda en dicha reunión.
- Que el tema sean sometidas a votación por los miembros del Comité, y que el resultado sea comunicado públicamente, indicando qué miembros votaron a favor y cuáles votaron en contra.
- Que en el hipotético caso de votarse en contra, que expliquen públicamente las razones jurídicas, legales o técnicas que fundamenten dicha decisión.
Las organizaciones también enfatizaron que no es necesario modificar la Ley 155-17 para adoptar esta medida, ya que el Art. 33 de la misma otorga al CONCLAFIT la facultad de designar nuevos sujetos obligados, contribuyendo a fortalecer la transparencia del financiamiento político y la integridad del sistema democrático dominicano.
Saludamos el aviso del Ministro de la Presidencia y presidente del PRM, Lic. José Ignacio Paliza del 24 de noviembre del 2025 respecto a someter proyecto de ley en el congreso si fuese para robustecer jurídicamente el objetivo, sin embargo proponemos que eso se busque realizar luego de que el CONCLAFIT realice las nuevas designaciones en función de las facultades antes mencionadas, considerando que el partido oficial cuenta con mayoría congresual y cualquier proyecto de ley debiera poder aprobarlo en corto plazo.
La coalición saludaría la propuesta de modificar la Ley 155-17 para incluir a la JCE como la entidad supervisora de los actores políticos a ser integrados como sujetos obligados del sistema antilavado, pues en caso de no hacerlo, quedaría como entidad fiscalizadora la DGII (Poder Ejecutivo), exponiendo riesgo de uso político del sistema.
El país acaba de reafirmar su compromiso en la lucha contra el narcotráfico de la mano de los EEUU, por lo que ejecutar esta petición de la sociedad civil, sería una sólida muestra de integridad y compromiso de nuestro gobierno para evitar que el dinero del narcotráfico siga permeando en el sistema Político Dominicano.
En el mismo orden la coalición solicita que la JCE refuerce sus controles y fiscalización sobre el gasto en las campañas políticas, y sobre el cumplimiento que tendrían que ejercer los nuevos sujetos obligados propuestos por la coalición, en virtud del mandato del Art. 67 de la Ley 33-18, en sus incisos 3, 4 y 5.
Las organizaciones reiteraron su disposición de continuar colaborando con las autoridades para fortalecer el sistema nacional de prevención del lavado de activos y promover mayores estándares de transparencia en el financiamiento de la actividad política.
La Coalición ve prudente modificar:
- La Ley 155-17 Sobre Lavado de Activos para designar los sujetos obligados antes mencionados y que los mismos sean fiscalizados y/o supervisados por la JCE.
- La Ley 33-18 de Partidos Políticos, para incluir en la misma la obligatoriedad de los sujetos obligados propuestos a que cumplan con todas las obligaciones de la Ley 155-17 y sean sometidos al mismo régimen de consecuencias, en adición a los deberes y consecuencias de la propuesta de ley recien anunciada por el PRM.
Lo anterior porque existe una desconexión estructural:
- La Ley 33-18 regula financiamiento político sin controles antilavado
- La Ley 155-17 regula lavado de activos sin incluir actores políticos
Los miembros del CONCLAFIT con poder para designar a los partidos políticos como sujetos obligados de la Ley Contra el Lavado de Activos son:
- Lic. Magín Díaz, Ministro de Hacienda y Economía; y Presidente del CONCLAFIT
- Yeni Berenice Reynoso, Magistrada Procuradora General de la República Dominicana (PGR)
- Lic. Antoliano Peralta, Ministro de Justicia
- Teniente General, ERD, Carlos Antonio Fernandez Onofre, Ministro de Defensa (MIDE)
- Lic. Alejandro de Jesus Abreu, Presidente del Consejo Nacional de Drogas (CND)
- Vicealmirante, ARD, Jose Manuel Cabrera Ulloa, Presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD)
- Lic. Alejandro Fernandez Whipple, Superintendente de Bancos (SB)
- Lic. Ernesto Bournigal Read, Superintendente del Mercado de Valores (SIMV)
La Coalición por la Transparencia del Financiamiento Político está conformada por las siguientes organizaciones de la sociedad civil:
• Centro Juan XXIII
• Participación Ciudadana (Capítulo Dominicano de Transparencia Internacional)
• Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS)
• Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE)
• Ciudad Alternativa
• Santiago Somos Todos
• Fundación Masada
• Centro de Reflexión y Acción Social Padre Juan Montalvo, SJ
• Asociación de Empresas Industriales de Herrera y Provincia Santo Domingo (AEIH)

