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Participación Ciudadana pide excluir el Aborto de reforma constitucional

Participación Ciudadana hizo un llamado a los legisladores a reflexionar varios puntos de la Reforma Constitucional y no aprobar mecánicamente numerosos artículos durante el conocimiento en segunda lectura de la Carta Magna.

Luego de una revisión de lo aprobado en primera lectura por la Asamblea Revisora, El Movimiento Cívico recomienda excluir de la reforma constitucional el artículo 30 que declara la vida inviolable desde la concepción, porque el mismo excluiría la posibilidad del aborto terapéutico. Participación Ciudadana entiende que el tema del aborto debe de ser regulado por una ley adjetiva.

El Abogado Francisco Álvarez Valdez, miembro del Consejo Nacional de Participación Ciudadana, dijo que en última instancia podría aceptarse la formulación de la Convención Americana de Derechos Humanos, propuesta por el presidente de la Cámara de Diputados que dice que “la vida es inviolable, por lo general, desde la concepción hasta la muerte”.

También recomienda la modificación del artículo (art. 123 proyecto, 87 en primera lectura) que prevé la destitución como sanción para los funcionarios que cometan actos de corrupción. Álvarez recomienda que debe agregarse la inhabilitación permanente o por un lapso considerable para volver a ejercer una función pública.

La Organización No Gubernamental también califica como urgente y necesario incluir en la segunda lectura la propuesta que dispone la rendición de cuentas de los legisladores sobre los fondos que reciben.

También se debe anexar algún artículo que regule o sancione las ausencias prolongadas en las sesiones.

Francisco Álvarez explicó que ¨ Los recientes escándalos agregan una justificación adicional a la idea de que el texto constitucional contemple disposiciones que obliguen a los legisladores a rendir cuentas. Por igual, debería suprimirse la disposición del artículo 95 (74 en el proyecto) que prohíbe demandar en los tribunales a un legislador si no se cuenta con autorización previa de la cámara a la que pertenece, por ser un privilegio irritante y excesivo ¨.

Otro punto que nos llama a preocupación es el aumento del número de diputados a 190, cuando debió ser reducido a 150. Por otro lado, se creó la figura de los diputados de ultramar, que no servirá sino para fortalecer el clientelismo, por lo que debería ser eliminado.

En torno a los miembros de la Junta Central Electoral, creemos que la Asamblea Revisora debe de rectificar su posición, y reducir a tres los jueces del Tribunal de Comicios, así como aprobar la creación de un fiscal electoral.

"La creación de un fiscal electoral es imprescindible, pues de lo contrario continuará la larga tradición de impunidad que existe en el país con respecto a los delitos electorales" explicó el Miembro del Consejo.

En cuanto a la nacionalidad, Participación Ciudadana, pidió a los legisladores que conocerán la reforma constitucional en segunda lectura, modificar el artículo 16 del proyecto, aprobado como 46, que excluye a los hijos de los que residan ilegalmente en territorio dominicano de ciertos derechos, por entender se podría crear un gueto permanente.

Asimismo hacemos un llamado a la Asamblea Revisora a no dejar fuera de los debates La Acción Directa de Inconstitucionalidad, que fue una de las grandes conquistas de la reforma constitucional del 1994 y que fue suprimida en primera lectura.

Francisco Álvarez informó que "Es probable que haya sido por error, pero la realidad es que en el texto aprobado en primera lectura no aparece".

La Organización de la Sociedad Civil también calificó como negativo que los legisladores no hayan aprovechado la ocasión para aumentar el número de miembros del Consejo Nacional de Magistratura, para reducir la influencia partidaria. El Consejo Nacional de Participación Ciudadana entiende que esto es muy relevante, sobre todo tomando en cuenta que en los próximos meses siete miembros de la SCJ serán designados y porque ahora el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá además las funciones de evaluar a los miembros de la SCJ y de juzgarlos disciplinariamente.

En cuento a la Autonomía del Banco Central y la Junta Monetaria No fueron aprobados todos los artículos que establecían la autonomía de la Administración Monetaria y Financiera, la profesionalización de los miembros de la Junta Monetaria y el tiempo que duran en sus funciones. La autonomía del Banco Central ya ha sido consagrada en la Ley Monetaria y Financiera, pero por alguna razón no divulgada existen temores de incluirla en la Constitución.

En otro orden, Álvarez Valdez denunció que al Procurador General de la República no se le dotó de inamovilidad por el período por el que es designado, lo que permitiría al Poder Ejecutivo poder removerlo en cualquier momento, haciendo completamente ineficaz la supuesta autonomía que se establece en el artículo 238 del texto aprobado en primera lectura.

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