Funcionarios no declaren bienes perderán sus cargos
El decreto 287-06, que automatiza el proceso de Declaración Jurada de Bienes bajo la ley 182 ordena a todos los funcionarios públicos dependientes del Poder Ejecutivo actualizar y presentar vía electrónica la declaración de su patrimonio, en un plazo no mayor de treinta días, a partir de la fecha de nombramiento y ordena suspender de sus funciones a quienes violen la norma.
Específicamente, el artículo cuarto del decreto advierte que serán amonestados y/o suspendidos de sus funciones, sin disfrute de salario los funcionarios que no cumplan el mandato
La sanción se mantendrá hasta que presenten la declaración jurada de los bienes que poseen.
Esto no incluye las sanciones disciplinarias a que se expone el funcionario, dispuestas en la Ley 14-91, de Servicio Civil y Carrera Administrativa, así como las penalidades de la Ley 120-01, la cual instituye el Código de Ética del Servidor Público.