La acción en que toma cuerpo la corrupción implica una oferta o una demanda de transacción paralela a la norma o procedimiento. Por ejemplo, quien inicia la acción puede ser el empleado o el funcionario público que propone un plus al ciudadano o al empresario, o el empresario o ciudadano que solicita ese plus, a cambio de un ‘retorno’. Dicho retorno se manifiesta, del lado del funcionario o empleado público, en la forma de ingresos extra monetarios o no monetarios y/o favores u ‘oportunidades’ para su persona o relacionados, y del lado del ciudadano o empresario, se puede expresar en aprobación de normas para provecho de determinados grupos económicos, asignación de contratos, obtención de servicios de manera expedita, empleos, etc.