La Ley No. 19-01 instituye en la República Dominicana la figura del Defensor del Pueblo como un órgano independiente encargado de proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía frente a posibles abusos, omisiones o actuaciones indebidas de la administración pública. Esta normativa establece sus funciones, facultades y mecanismos de actuación, permitiéndole investigar denuncias, supervisar el funcionamiento de las instituciones públicas y promover el respeto al Estado de derecho, contribuyendo así al fortalecimiento de la democracia y la defensa de los derechos ciudadanos.
Defensor del Pueblo. Ley No. 19-01
