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Organizaciones de la sociedad civil exigen al Presidente de la Cámara de Diputados, para que inicie el proceso de juicio político a miembros de la Cámara de Cuentas

Varias organizaciones de la sociedad civil solicitaron a la Cámara de Diputados en una comunicación dirigida a la Sr. Rubén Darío Maldonado Díaz, en su calidad de Presidente de la misma y en virtud de lo establecido en el artículo 83 de la Constitución dominicana, iniciar el proceso de juicio político a los miembros de la Cámara de Cuentas como consecuencia del aumento salarial que se han auto asignado en inobservancia al artículo 140 de la Constitución y el artículo 12 de la Ley 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, lo que resta legitimidad y calidad legal a los miembros del máximo órgano del sistema de control y auditoría del Estado.

Entre las instituciones firmantes que requieren al señor Rubén Darío Maldonado Díaz, en su calidad de Presidente de la Cámara de Diputados presentar juicio político contra los funcionarios que componen la Cámara de Cuentas, se encuentran las siguientes:

 Acción Comunitaria por el Progreso (ACOPRO),  Centro de Planificación y Acción Ecuménica (CEPAE),  Ciudad Alternativa, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Corriente Magisterial José Francisco Peña Gómez, Corriente Magisterial Juan Pablo Duarte, Corriente Sindical Guido Gil (UASD), Foro Ciudadano, Foro Feminista Magaly Pineda (FFMP), Frente Amplio de Lucha Popular (FALPO), Frente Universitario Renovador Frente Estudiantil Flavio Suero (FEFLAS), Juventud Caribe,  Juventud Duartiana, Movimiento de Mujeres Trabajadoras (MMT), Movimiento de Trabajadores Independiente (MTI), Participación Ciudadana, Santiago Somos Todos, Unión Democrática de Mujeres (UDEMU) entre otras.

Las organizaciones sociales explican en la carta,  que el artículo 140 constitucional establece en forma sentenciosa que “ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados”.

Señalan las organizaciones solicitantes, que los miembros de la Cámara de Cuentas les han faltado el respeto no solo al país, sino además al Congreso Nacional, quien aprobó la Ley 105-13, sobre Regulación Salarial del Estado dominicano, cuyo artículo 12 establece como límite al salario del presidente de la Cámara de Cuentas, la suma de RD$350,000, que era el salario vigente hasta que fue aumentado en enero pasado a la suma de RD$423,500.00. Los demás miembros recibieron aumentos que llevaron sus salarios a RD$379,097.84.

Asimismo plantean que respecto a las justificaciones presentadas por el presidente de la Cámara de Cuentas para tratar de explicar el autoajuste de salarios, que una resolución jamás puede modificar una ley, como la 105-13, que fue cerrilmente quebrantada al traspasarse el límite salarial establecido por ella y es competencia del Congreso Nacional  fiscalizar que las leyes y resoluciones sean respetadas, sobre todo cuando se trata de un órgano como la Cámara de Cuentas, cuyos miembros son designados por el órgano Senado de la República.

Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano en su artículo 25 establece prohibiciones de carácter ético y el literal (a) del referido artículo establece como prohibición “Utilizar su cargo para obtener ventajas, beneficios o privilegios que no estén permitidos por la ley, de manera directa o indirecta, para él, algún miembro de su familia o cualquier otra persona, negocio o entidad”.

Igualmente, expresan que el artículo 32 de la ley comentada dispone que los funcionarios que incumplan las incompatibilidades y prohibiciones establecidas en ella, serán sancionados con la pena de inhabilitación para el desempeño de funciones públicas hasta por un período de cinco (5) años, pero sobre todo establece en el párrafo del referido artículo que la violación de cualquiera de las prohibiciones establecidas en la ley, constituye la falta grave necesaria para dar inicio al juicio político contra los infractores.

Consejo Nacional
9 de abril de 2018

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