Ver todas

PC fija posición ante la Comisión Bicameral sobre las leyes electorales

En una extensa intervención ante una Comisión Bicameral del Congreso Nacional  que estudia los proyectos de Leyes sobre el Régimen Electoral y de Partidos políticos, el movimiento cívico Participación Ciudadana (PC) vincula ambas piezas, y propone numerosas modificaciones, entre ellas la creación de una procuraduría especial para perseguir los delitos electorales,  y al mismo tiempo plantea la necesidad de un gran pacto político social para superar los problemas institucionales, la corrupción y la impunidad que afectan a la nación.

PC pidió que todos los partidos apoyen la apertura de un espacio creado, coordinado y conducido por la Junta Central Electoral (JCE), con el apoyo de todos los poderes del Estado y con participación de la ciudadanía, para la búsqueda de consenso sobre los planteamientos fundamentales que debe contener la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas y la Ley del Régimen Electoral.

"Por la trascendencia de las reformas que deben introducir estas leyes, ambas de naturaleza orgánica, es necesario un gran pacto político-social, que debe anteceder las indiscutibles facultades del Congreso Nacional. Así ha ocurrido con todas las leyes fundamentales aprobadas en las últimas décadas, desde la de Estrategia Nacional de Desarrollo, la que creó el Sistema Nacional de Seguridad Social, el Código Laboral, las de Educación, Salud y Medio Ambiente, hasta  las de la Policía Nacional, de Salarios del Estado, de la Función Pública y Defensoría del Pueblo, entre muchas otras. Muchos de los congresistas que hoy nos escuchan apoyaron la búsqueda de ese consenso en espacios diferentes a los que brinda el Congreso Nacional" sostuvo la socióloga Marisela Duval, coordinadora general del movimiento cívico, en una presentación ante los legisladores comisionados.

Adujo que "el pacto político es imprescindible porque todos sabemos que aquí no basta la aprobación de leyes, que es imprescindible un compromiso adicional para su cumplimiento, y porque en las actuales circunstancias se requiere una amplia voluntad de los diversos sectores políticos y sociales para poner límites a la corrupción y la impunidad generalizadas. El pacto que proponemos no es en detrimento de nadie, sino para el fortalecimiento de todos y debería ser coordinado y conducido por la Junta Central Electoral, autora de los proyectos de leyes que nos ocupan", sometidos al Congreso Nacional en el 2011 y reintroducidos por última vez en febrero pasado.

PC ofrece amplio apoyo al proyecto de Ley de Partidos de la JCE, aunque le formuló algunas adiciones, y en cuanto al Proyecto de Ley del Régimen Electoral considera que "requiere modificaciones más profundas, pues buena parte del mismo no constituye más que copias de la actual Ley 275-97 cuya obsolescencia es indiscutible". Consideran ambas leyes como fundamentales para el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, del sistema de partidos  y para reducir el costo de la política y en consecuencia la corrupción y la impunidad que le acompañan.

Los aspectos fundamentales de la Ley de Partidos   

Participación Ciudadana formula un historial del proyecto de la Ley de Partidos, precisando que la ha promovido desde su fundación hace casi un cuarto de siglo, y desglosa el proyecto  de la JCE apoyando sus elementos fundamentales, que se resumen a continuación:

* Nadie puede afiliarse a más de un partido, obligación de los partidos de mantener actualizado y registrado en la JCE su padrón de militantes, con prohibición de afiliación partidista a los militares, policías, jueces, fiscales e integrantes del Tribunal Superior Electoral, de la JCE y las juntas electorales.

* Garantizar la democracia interna de los partidos, con elecciones primarias  partidos para escoger sus candidatos entre un año y 7 meses antes de los comicios, sin que se pueda hacer campaña fuera de ese período, en la fecha y con padrón universal o partidario que determinen los organismos pertinentes, con asistencia técnica, supervisión y fiscalización de la JCE, al igual que para los organismos directivos por votación periódica, y universal de sus miembros.

* Declara ilícito cualquier financiamiento proveniente de los organismos del Estado, de empresas públicas y de capital mixto, de gobiernos e instituciones extranjeras, salvo las académicas para formación política. Además del subsidio estatal, sólo serán legítimos los aportes limitados de las personas naturales,  y obliga a transparentar las fuentes de ingresos y los gastos, así como a presentar un presupuesto anual como condición para recibir el subsidio estatal, del cual el 25% será destinado a formación y educación política, el 50 a gastos administrativos y el otro 25% para apoyar los procesos electorales de dirigentes y candidatos. Deberán tener una cuenta única a disposición de las autoridades, militantes y ciudadanía.

* Se  crea una unidad especializada de la JCE para el control financiero de los partidos, para supervisar su financiamiento y gastos de precampañas y campañas electorales, con sistema de contabilidad detallada, con multas y restricciones del financiamiento público por violaciones a la ley, independientemente de las sanciones del Código Penal.

Propuestas de modificaciones de Participación Ciudadana  

1.- Sobre el proyecto de Ley de Partidos:

1.1.- Los estatutos de los partidos tienen que garantizar la democracia interna, con mecanismos anti-fraudes tanto para la elección de dirigentes como de candidatos, y con sanciones específicas a las violaciones

1.2.- Que cada partido organice y procese sus procesos eleccionarios internos, con garantías democráticas, con asistencia técnica, supervisión y fiscalización de la JCE. Es fundamental la renovación periódica de los dirigentes y la elección de candidatos a las elecciones nacionales por voto universal de los militantes, limitando al 10% la cuota para postular dirigentes y aliados, por decisión de los organismos pertinentes.

1.3.- Límites de tiempo y de gasto en las pre-campañas y campañas electorales, sin que se pueda pagar promoción antes de tres meses de la elección, ni pegar afiches ni vallas, ni realizar actividades en vías públicas fuera del período reglamentario y que la propaganda sea en la jurisdicción correspondiente al cargo, como forma de abaratar el costo de la política y garantizar mayor equidad entre los contendientes.

1.4.- Una distribución menos desproporcionada del financiamiento estatal a los partidos, reduciendo del 80 al 70% el destinado a los que obtengan más del 5% de los votos, y el resto en proporción a los votos obtenidos en los distintos niveles de elección y al número de ciudadanos que apoyan un nuevo partido. Que la extinción definitiva de un partido sea después de un tercer reconocimiento, en vez de los dos que plantea el proyecto de la JCE

2.- Sobre el Proyecto de Ley Electoral:     

2.1.- Creación de una Procuraduría Especializada para la Persecución de los Delitos Electorales, integrada por profesionales sin militancia partidista ni vínculos con el gobierno.

            2.2.- Eliminar la condición de abogado para ser miembro titular de la JCE, que ya no es un tribunal contencioso y reducirle el presidencialismo acentuando su condición de organismo colegiado, integrado por personas que no hayan tenido militancia política en  los dos años anteriores.

2.3.- Mantener el voto preferencial por los diputados y ampliar las facultades del elector para escoger senador y diputados de diversas listas, así como alcaldes y regidores, sobre todo cuando las elecciones municipales serán separadas de las presidenciales y congresuales.

2.4.- Limitar el gasto y el tiempo de las campañas electorales a 90 días máximos, con prohibición de promover candidaturas fuera de ese período. Con regulación de la publicidad para hacerla equitativa, y que sea igualitaria en los medios del Estado.

2.5.- Limitar la publicidad de los organismos del Estado en el período de campaña a los asuntos institucionales y legales. También limitar el gasto social de los órganos estatales y la contratación de empleados fijos o temporarios, al promedio de los tres años anteriores.

2.6.- Prohibición de inauguraciones de obras durante el período de campaña, aunque las mismas podrán ser puestas en servicio, y que todos los candidatos a la reelección tomen licencia de sus cargos ejecutivos o municipales.

2.7.- Con respecto a las candidaturas a senadores (as), así como en todas las demás posiciones electivas y cargos directivos, debe asegurarse el cumplimiento de las disposiciones del artículo 39, ordinal 5 de la Constitución de “garantizar  la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de elección popular.”

2.8.- Eliminar los fondos para asistencia social de los legisladores, por carecer de fundamento constitucional y por promover un clientelismo que les otorga ventajas competitivas cuando buscan reelegirse.

Noticias relacionadas

5 de septiembre, 2016

Organizaciones abogan por la definición de un marco legal para el Cambio Climático

Leer más

9 de julio, 2016

Participación Ciudadana da Apertura al Diplomado Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana.

Leer más

Departamento de Comunicaciones